DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS

SUBSECRETARIA

REPÚBLICA DEL ECUADOR

EXTRACTO

SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS AGUAS PROVENIENTES DEL RÍO MACUL,REQUIRIENDO UN CAUDAL DE 155 L/S, LAS MISMAS QUE SERAN DESTINADAS PARA EL RIEGO DE 155 HECTÁREAS DE CULTIVOS DE PALMA AFRICANA , PREDIO UBICADO EN LA PARROQUIA Y CANTÓN BALZAR PROVINCIA DEL GUAYAS, EN RELACIÓN A LA SOLICITUD DE APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS PRESENTADA POR EL SEÑOR ARMANDO RANGEL MANOBANDA CEDEÑO, REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA MAJID S.A.

SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.- Guayaquil, 21 de Noviembre de 2018, a las 10h20 –EXPEDIENTE Nro. 2270-2018.- Continuando con la sustanciación de la causa, agréguese al expediente el Memorando Nro. SENAGUA-CACQV-14.05-2018-0267-M, de fecha 27 de septiembre de 2018, suscrito por el Ing. Jorge Lenin Luey Ortega, Responsable Técnico del Centro de Atención al Ciudadano Quevedo;y en atención a la petición formulada por la Compañía MAJID S.A.debidamente representada por el Señor Armando Rangel Manobanda Cedeño, solicitando se le conceda la autorización de aprovechamiento de las aguas provenientes del río Macul, requiriendo un caudal de 155 l/s , las mismas que serán destinadas para el riego de 155 hectáreas de cultivos de palma africana, predio ubicado en la parroquia y cantón Balzar Provincia del Guayas.- Manifestando además desconocer que existan mas usuarios que se abastezcan de este recurso y no requiere del Establecimiento de servidumbre, por consiguiente, en atención a lo solicitado, por reunir los requisitos de Ley se la acepta al trámite, respectivo, calificándola de clara, completa y precisa, asignándole el Nro. 2270-2018.- EN LO PRINCIPAL .- De conformidad con lo dispuesto en el capitulo III, Sección Primera , Art 123 y siguientes de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en cuanto a las Normas de Procedimiento Administrativo para Regular el uso y Aprovechamiento del Agua y a lo establecido en el Art. 126 literal a) ibidem en relación a los principios de Publicidad y Competencia en concordancia con el Procedimiento General en concordancia con el Procedimiento General contemplado en el Art. 107 de su Reglamento se dispone 1.- Cítese a los usuarios conocidos o no, por la prensa mediante un extracto de la solicitud y ésta providencia por tres veces consecutivas, en uno de los diarios de mayor circulación del cantón Balzar, provincia del Guayas. Finalizado el plazo de las publicaciones, el usuario deberá presentar en tres días plazo, la documentación de respaldo del proceso de publicidad2.-Fíjense carteles en tres de los lugares más concurridos de la localidad de la parroquia y cantón Balzar, provincia del Guayas, los cuales deberán permanecer expuestos por el plazo de 10 días consecutivos; comisionándose para la práctica de esta diligencia al señor Jefe Político del mencionado cantón, quien deberá sentar razón del cumplimiento a la misma 3.-De conformidad con el literal b) del Art. 23 y del ART. 90 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, ofíciese a la Agencia de Regulación y Control del Agua, ARCA, con la finalidad de que proceda a emitir la correspondiente certificación de disponibilidad de del agua en calidad y cantidad suficientes. 4.- Oportunamente se designará perito para que realice la inspección técnica en relación con lo solicitado. 5.- Siga contándose con el correo electrónico [email protected]. señalado para efectos de notificación. Hecho que fuere, vuelvan los autos para dictar lo que en derecho corresponda. Actúe el Abogado Pedro Miguel Franco Alava, en calidad de secretario Ad-Hoc-NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE .-F) Mgs.Vaneza Plaza Aguiño, Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica del Guayas.- Particular que comunico para los fines de Ley.- Guayaquil 23 de Noviembre de 2018.- Lo certifico.-

Abg. Pedro Miguel Franco Alava

SECRETARIO AD-HOC

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