CAUSA Nº: 18334-2017-04068

AVISO JUDICIAL

EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON DE AMBATO

SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, QUE POR AUTO DICTADO POR LA DRA. SANTILLAN ESCOBAR MARIANA XIMENA JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL, CON SEDE EN EL CANTON AMBATO, SE HA DISPUESTO QUE SE COMUNIQUE AL PÚBLICO, POR MEDIO DE LA PRENSA EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA CIUDAD DE AMBATO; LA DEMANDA SUMARIO (COBRO DE CHEQUE), PROPUESTO POR: IMPORDENIM IMPORTADORA TEXTIL CIA. LTDA, REPRESENTADA LEGALMENTE POR SU GERENTE GENERAL MATEO MALAQUIAS CARRILLO CIFUENTES. EN CONTRA DE LLERENA VILLACIS LUCAS ESTALIN

CLASE DE JUICIO: SUMARIO

ASUNTO: COBRO DE CHEQUE

ACTOR: IMPORDENIM IMPORTADORA TEXTIL CIA. LTDA

DEMANDADO: LLERENA VILLACIS LUCAS ESTALIN

SECRETARIO: DR. BARBA GALARZA JORGE

INICIO DEMANDA 28/08/2017

CAUSA Nº: 18334-2017-04068

CUANTIA: SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE DOLARES CON VEINTE Y CINCO CENTAVOS

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 6 de septiembre del 2017, las 14h46. VISTOS: La suscrita, Dra. Mariana Ximena Santillán Escobar, en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal: 1.- La demanda presentada por el señor MATEO MALAQUIAS CARRILLO CIFUENTES, en calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía IMPORDENIM IMPORTADORA TEXTIL CIA. LTDA., en contra de LUCAS ESTALIN LLERENA VILLACIS, es clara, completa; y, por reunir los requisitos de ley establecidos en los artículos 142, 143 y 332 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO SUMARIO. 2.- En consecuencia, previo a ordenar la citación por la prensa solicitada, el accionante de cumplimiento a lo determinado en el Art. 56 del COGEP, esto es el actor señor MATEO MALAQUIAS CARRILLO CIFUENTES, en calidad de Gerente General y Representante Legal de la compañía IMPORDENIM IMPORTADORA TEXTIL CIA. LTDA., comparezca a esta Unidad Judicial Civil, Torre Dos, Piso 2 Sala de Audiencias No. 13, el día jueves 14 de septiembre del 2017 a las once horas cuarenta y cinco minutos, a fin de que declare bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad del domicilio o residencia del señor MATEO MALAQUIAS CARRILLO CIFUENTES; y, que se han efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlos. Debiendo indicar que, en aplicación a la Resolución interpretativa No. 07-2015, de fecha 10 de junio del 2015, emitida por la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, en el Art. 5 establece que el impulso del proceso corresponde a las partes y la omisión de esta carga procesal no es atribuible a la o el juzgador. 3.- Los medios probatorios anunciados en el líbelo inicial y que se producirán en la correspondiente audiencia conforme las reglas establecidas en el COGEP de conformidad con el Art. 146 ibídem se dispone su práctica de la siguiente forma: 3.1.- Agréguese al expediente los documentos que hace mención en los numerales 1.1, 1.2, y 1.4 del anuncio de los medios de prueba. 3.2.- En la audiencia única, de pasar el examen de admisibilidad, previo juramento; el señor FRANCISCO LEONARDO QUEZADA CUENCA, rinda su declaración al tenor del pliego de preguntas que en forma oral se realizarán; a quien se le notificará conforme lo determina el Art. 191 del COGEP. Se advierte que la admisibilidad de los medios probatorios anunciados y proveídos se la verificará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. 4.- Téngase en cuenta la cuantía fijada. Tómese nota del casillero judicial y el correo electrónico señalados; así como la autorización que le confiere a su defensor con quien suscribe. Actúa en la causa el Dr. Jorge Barba Galarza, en calidad de secretario del despacho. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 30 de enero del 2018, las 14h57, VISTOS: Agréguese a los autos el escrito que antecede para los fines de ley.- La suscrita, Dra. Mariana Ximena Santillán Escobar, en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato; dicto el presente AUTO: Cumplido que ha sido el requerimiento realizado, cítese EXTRACTADAMENTE con la demanda, auto inicial y este auto al accionado señor LLERENA VILLACIS LUCAS ESTALIN, por uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, de conformidad a lo señalado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para que conteste la demanda. Las publicaciones se realizarán en tres fechas distintas. Una vez realizada las publicaciones, se deberán agregar íntegramente al proceso para los fines pertinentes, para el efecto los interesados brinden las facilidades que el caso amerita mediante la oficina de Gestores de Archivo de este Complejo Judicial Ambato. NOTIFIQUESE.-

Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales consiguientes. Previniendo de la obligación de señalar casillero judicial, para posteriores notificaciones. Ambato, 8 de noviembre del 2018

Firma ilegible

DR. JORGE BARBA GALARZA

SECRETARIO

P*151554/18334-2017-04068