El delito de instigación

Mesías Mestanza

El Código Orgánico Integral Penal del Ecuador nos dice que, la persona que públicamente instigue a cometer un delito contra una persona o institución y no pueda ser considerada legalmente como partícipe, será sancionada con una pena privativa de libertad de seis meses a dos años. Ahora bien, instigar, en la manera más lata quiere decir…incitar, provocar, inducir e influir para que una persona cometa una infracción.

Hemos de entender que en esta acción hay un instigador, que despierta en otro la voluntad para cometer un delito, y la otra, el instigado, quien comete materialmente el delito; pues el instigado es el que va delante dominando cualquier acción delictiva; lo que se hace necesario que el instigado acepte la proposición y la ejecute, como para poder decir se cometió un delito por la instigación o consejo del instigador.

Puede darse el caso que la instigación quedó en simple sugerencia; que no se materializó; que el instigado rechace la instigación. Algunos tratadistas de Derecho, entre ellos Welzel dice referente a la instigación “El agente provocador es responsable cuando el delito por él provocado se consuma, y es considerado irresponsable si sólo se produce la tentativa del hecho principal”.

El Maestro Jiménez de Azua dice: “La instigación sin éxito no es punible, por falta de elemento objetivo”. Nos hacen conocer que inducir e instigar es mucho más que aconsejar. Cierto es que todos quisieran que reduzcan a prisión a Patiño, pero para ello hay que analizar la hermenéutica legal y la interpretación de la norma que contiene la instigación.

No se puede tomar a la ligera una disposición legal; tenemos que ir a la doctrina, a la técnica jurídica y elementos de convicción para ver si hubo o no la objetividad que requiere para ordenar o no la prisión, que es una medida bastante drástica. No podemos asociar los hechos de los correistas como si todos fueran responsables de todo. Se tiene que analizar la conducta de cada individuo en forma personal. Pienso que la jueza Benítez, a quien no conozco siquiera, actuó en puro derecho, sin temor ni favor.

[email protected]