La entidad tiene que notificar al propietario de los vehículos, ya que no se identifica al conductor.
El tema de los radares ha dado mucho que hablar en Santo Domingo, situación que surgió con la disputa por las competencias de tránsito entre la empresa municipal de Transporte Terrestre y la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE).
Criterios a favor y en contra existen entre la ciudadanía local, principalmente en aquellos que poseen algún tipo de vehículo a motor. Hay quienes critican el proyecto por las inconsistencias que se han reportado en otras partes del país e incluso en esta misma jurisdicción.
«No queremos que nos pongan multas a ciegas. En su momento pasó en Ibarra, después Babahoyo donde la gente ya tenía miedo de conducir y antes de la pandemia también se escucharon casos en Santo Domingo», expresó Julio Morales, transportista.
Problemas
Muchas personas se sorprenden cuando van a matricular sus carros y se enteran que adeudan una citación por exceso de velocidad, captada por radares ubicados en las redes estatales.
Evidentemente ellos no habían sido alertados con anterioridad. Frank Pazos, abogado en libre ejercicio y con experiencia como docente de una escuela de conducción profesional, asegura que la falta de notificación viola el derecho al debido proceso que se enmarca en el artículo 76 de la Constitución.
Resaltó que el artículo 238 del Reglamento para la Ley de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial, establece que cuando un aparato tecnológico registra una contravención y no se identifica al conductor, la misma será cargada al propietario del medio de transporte.
Sin embargo, en muchos de los casos las personas no son alertadas de lo sucedido y se genera la inconstitucionalidad. Otros profesionales del Derecho creen que esto es un error de la entidad que regula el tránsito, ya que manejan una base de datos con toda la información y contactos directos de quienes matriculan sus carros.
«Tienen que notificar por correo electrónico, en los domicilios o por contacto telefónico. A partir de ese momento el ciudadano cuenta con 72 horas para impugnar, pero el problema surge cuando nunca le han comunicado sobre la contravención», manifestó Santiago Granda, abogado. (JD)