Paridad de género debe estar acompañado de capacitación

Tratamiento. El martes se aprobó las reformas al Código de la Democracia en la Asamblea.
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Una vez aprobada la reforma al Código de la Democracia en el Pleno de la Asamblea, hubo festejos, abrazos y aplausos, especialmente por parte de las legisladoras, pues se logró incorporar la paridad de género en el encabezamiento de las listas para que el 50% esté liderado por mujeres.

Tanto en la Constitución, como en el Código vigente, se reconoce la integración paritaria en las listas, de manera secuencial (mujer y hombre, o viceversa).

Durante el debate, se reconoció que la normativa garantizaba la participación de la mujer en las elecciones pero, a pesar de eso, su inclusión era desde el segundo casillero hacia abajo y pocas veces tenían opción de liderarlas.

Las organizaciones políticas, en su mayoría, optaban por un candidato varón para que presidiera la lista. La asambleísta Ximena Peña (PAIS), al justificar la necesidad de contar con esta reforma en específico, aseguró que en las últimas elecciones seccionales “la organización política que puso el mayor porcentaje de encabezamiento de mujeres, lo hizo con un 10%”.

¿Dónde radica el problema?
Aunque califica esta decisión como una “conquista histórica”, para la legisladora Jeannine Cruz (CREO), la reforma ratifica que el rol fundamental en la formación de lideresas lo tienen los partidos. Que ellos podrán darles el espacio que merecen.

“No podemos justificar los ‘caciques’ que son parte de muchas organizaciones políticas. El 50% me parece un paso importante, pero más importante me parece que es el quehacer de la mujer en ganarse el espacio”, dijo.

Agregó que esta participación no debe quedarse en el tema netamente de integración de listas, sino en la necesidad de poner condiciones claras a los movimientos y partidos para que establezcan escuelas de formación: “Por más que se obligue en una normativa el establecer el 50/50 las organizaciones tienen que empezar a formar nuevos rostros, en este caso mujeres”.

Para Henry Cucalón (PSC) son temas que ya estaban en la Ley, pero que no se aplicaban: “Parte del problema es que tenemos regímenes jurídicos muy rígidos pero de cumplimiento flexible”.

Mientras que, para el constitucionalista José Chalco, esta lógica de regulaciones puede dejar la sensación de que la mujer no estaría encabezando las listas por méritos propios sino por el cumplimiento de una normativa, por lo que el siguiente paso es de los partidos políticos, como órganos legitimadores, para acceder al poder y capacitar a sus cuadros, en este caso a sus mujeres militantes. (HCR)

Medida será progresiva
° Si bien la reforma al Código de la Democracia establece la obligatoriedad de la paridad de género para que el 50% de las listas que inscriban las organizaciones políticas esté encabezada por mujeres, su aplicación una vez publicada en el Registro Oficial será progresiva. De acuerdo con una disposición transitoria para las elecciones de 2021 el porcentaje mínimo deberá ser del 15%; para 2023 del 30% hasta llegar a los sufragios de 2025, donde se deberá completar la cuota del 50%. Mientras que la integración del binomio presidencial con hombre–mujer, o viceversa, tendrá vigencia desde las elecciones de 2025. Además, en los partidos que presenten listas para asambleístas nacionales y parlamentarios andinos, al menos una deberá estar encabezada por mujeres.

Una vez aprobada la reforma al Código de la Democracia en el Pleno de la Asamblea, hubo festejos, abrazos y aplausos, especialmente por parte de las legisladoras, pues se logró incorporar la paridad de género en el encabezamiento de las listas para que el 50% esté liderado por mujeres.

Tanto en la Constitución, como en el Código vigente, se reconoce la integración paritaria en las listas, de manera secuencial (mujer y hombre, o viceversa).

Durante el debate, se reconoció que la normativa garantizaba la participación de la mujer en las elecciones pero, a pesar de eso, su inclusión era desde el segundo casillero hacia abajo y pocas veces tenían opción de liderarlas.

Las organizaciones políticas, en su mayoría, optaban por un candidato varón para que presidiera la lista. La asambleísta Ximena Peña (PAIS), al justificar la necesidad de contar con esta reforma en específico, aseguró que en las últimas elecciones seccionales “la organización política que puso el mayor porcentaje de encabezamiento de mujeres, lo hizo con un 10%”.

¿Dónde radica el problema?
Aunque califica esta decisión como una “conquista histórica”, para la legisladora Jeannine Cruz (CREO), la reforma ratifica que el rol fundamental en la formación de lideresas lo tienen los partidos. Que ellos podrán darles el espacio que merecen.

“No podemos justificar los ‘caciques’ que son parte de muchas organizaciones políticas. El 50% me parece un paso importante, pero más importante me parece que es el quehacer de la mujer en ganarse el espacio”, dijo.

Agregó que esta participación no debe quedarse en el tema netamente de integración de listas, sino en la necesidad de poner condiciones claras a los movimientos y partidos para que establezcan escuelas de formación: “Por más que se obligue en una normativa el establecer el 50/50 las organizaciones tienen que empezar a formar nuevos rostros, en este caso mujeres”.

Para Henry Cucalón (PSC) son temas que ya estaban en la Ley, pero que no se aplicaban: “Parte del problema es que tenemos regímenes jurídicos muy rígidos pero de cumplimiento flexible”.

Mientras que, para el constitucionalista José Chalco, esta lógica de regulaciones puede dejar la sensación de que la mujer no estaría encabezando las listas por méritos propios sino por el cumplimiento de una normativa, por lo que el siguiente paso es de los partidos políticos, como órganos legitimadores, para acceder al poder y capacitar a sus cuadros, en este caso a sus mujeres militantes. (HCR)

Medida será progresiva
° Si bien la reforma al Código de la Democracia establece la obligatoriedad de la paridad de género para que el 50% de las listas que inscriban las organizaciones políticas esté encabezada por mujeres, su aplicación una vez publicada en el Registro Oficial será progresiva. De acuerdo con una disposición transitoria para las elecciones de 2021 el porcentaje mínimo deberá ser del 15%; para 2023 del 30% hasta llegar a los sufragios de 2025, donde se deberá completar la cuota del 50%. Mientras que la integración del binomio presidencial con hombre–mujer, o viceversa, tendrá vigencia desde las elecciones de 2025. Además, en los partidos que presenten listas para asambleístas nacionales y parlamentarios andinos, al menos una deberá estar encabezada por mujeres.

Una vez aprobada la reforma al Código de la Democracia en el Pleno de la Asamblea, hubo festejos, abrazos y aplausos, especialmente por parte de las legisladoras, pues se logró incorporar la paridad de género en el encabezamiento de las listas para que el 50% esté liderado por mujeres.

Tanto en la Constitución, como en el Código vigente, se reconoce la integración paritaria en las listas, de manera secuencial (mujer y hombre, o viceversa).

Durante el debate, se reconoció que la normativa garantizaba la participación de la mujer en las elecciones pero, a pesar de eso, su inclusión era desde el segundo casillero hacia abajo y pocas veces tenían opción de liderarlas.

Las organizaciones políticas, en su mayoría, optaban por un candidato varón para que presidiera la lista. La asambleísta Ximena Peña (PAIS), al justificar la necesidad de contar con esta reforma en específico, aseguró que en las últimas elecciones seccionales “la organización política que puso el mayor porcentaje de encabezamiento de mujeres, lo hizo con un 10%”.

¿Dónde radica el problema?
Aunque califica esta decisión como una “conquista histórica”, para la legisladora Jeannine Cruz (CREO), la reforma ratifica que el rol fundamental en la formación de lideresas lo tienen los partidos. Que ellos podrán darles el espacio que merecen.

“No podemos justificar los ‘caciques’ que son parte de muchas organizaciones políticas. El 50% me parece un paso importante, pero más importante me parece que es el quehacer de la mujer en ganarse el espacio”, dijo.

Agregó que esta participación no debe quedarse en el tema netamente de integración de listas, sino en la necesidad de poner condiciones claras a los movimientos y partidos para que establezcan escuelas de formación: “Por más que se obligue en una normativa el establecer el 50/50 las organizaciones tienen que empezar a formar nuevos rostros, en este caso mujeres”.

Para Henry Cucalón (PSC) son temas que ya estaban en la Ley, pero que no se aplicaban: “Parte del problema es que tenemos regímenes jurídicos muy rígidos pero de cumplimiento flexible”.

Mientras que, para el constitucionalista José Chalco, esta lógica de regulaciones puede dejar la sensación de que la mujer no estaría encabezando las listas por méritos propios sino por el cumplimiento de una normativa, por lo que el siguiente paso es de los partidos políticos, como órganos legitimadores, para acceder al poder y capacitar a sus cuadros, en este caso a sus mujeres militantes. (HCR)

Medida será progresiva
° Si bien la reforma al Código de la Democracia establece la obligatoriedad de la paridad de género para que el 50% de las listas que inscriban las organizaciones políticas esté encabezada por mujeres, su aplicación una vez publicada en el Registro Oficial será progresiva. De acuerdo con una disposición transitoria para las elecciones de 2021 el porcentaje mínimo deberá ser del 15%; para 2023 del 30% hasta llegar a los sufragios de 2025, donde se deberá completar la cuota del 50%. Mientras que la integración del binomio presidencial con hombre–mujer, o viceversa, tendrá vigencia desde las elecciones de 2025. Además, en los partidos que presenten listas para asambleístas nacionales y parlamentarios andinos, al menos una deberá estar encabezada por mujeres.

Una vez aprobada la reforma al Código de la Democracia en el Pleno de la Asamblea, hubo festejos, abrazos y aplausos, especialmente por parte de las legisladoras, pues se logró incorporar la paridad de género en el encabezamiento de las listas para que el 50% esté liderado por mujeres.

Tanto en la Constitución, como en el Código vigente, se reconoce la integración paritaria en las listas, de manera secuencial (mujer y hombre, o viceversa).

Durante el debate, se reconoció que la normativa garantizaba la participación de la mujer en las elecciones pero, a pesar de eso, su inclusión era desde el segundo casillero hacia abajo y pocas veces tenían opción de liderarlas.

Las organizaciones políticas, en su mayoría, optaban por un candidato varón para que presidiera la lista. La asambleísta Ximena Peña (PAIS), al justificar la necesidad de contar con esta reforma en específico, aseguró que en las últimas elecciones seccionales “la organización política que puso el mayor porcentaje de encabezamiento de mujeres, lo hizo con un 10%”.

¿Dónde radica el problema?
Aunque califica esta decisión como una “conquista histórica”, para la legisladora Jeannine Cruz (CREO), la reforma ratifica que el rol fundamental en la formación de lideresas lo tienen los partidos. Que ellos podrán darles el espacio que merecen.

“No podemos justificar los ‘caciques’ que son parte de muchas organizaciones políticas. El 50% me parece un paso importante, pero más importante me parece que es el quehacer de la mujer en ganarse el espacio”, dijo.

Agregó que esta participación no debe quedarse en el tema netamente de integración de listas, sino en la necesidad de poner condiciones claras a los movimientos y partidos para que establezcan escuelas de formación: “Por más que se obligue en una normativa el establecer el 50/50 las organizaciones tienen que empezar a formar nuevos rostros, en este caso mujeres”.

Para Henry Cucalón (PSC) son temas que ya estaban en la Ley, pero que no se aplicaban: “Parte del problema es que tenemos regímenes jurídicos muy rígidos pero de cumplimiento flexible”.

Mientras que, para el constitucionalista José Chalco, esta lógica de regulaciones puede dejar la sensación de que la mujer no estaría encabezando las listas por méritos propios sino por el cumplimiento de una normativa, por lo que el siguiente paso es de los partidos políticos, como órganos legitimadores, para acceder al poder y capacitar a sus cuadros, en este caso a sus mujeres militantes. (HCR)

Medida será progresiva
° Si bien la reforma al Código de la Democracia establece la obligatoriedad de la paridad de género para que el 50% de las listas que inscriban las organizaciones políticas esté encabezada por mujeres, su aplicación una vez publicada en el Registro Oficial será progresiva. De acuerdo con una disposición transitoria para las elecciones de 2021 el porcentaje mínimo deberá ser del 15%; para 2023 del 30% hasta llegar a los sufragios de 2025, donde se deberá completar la cuota del 50%. Mientras que la integración del binomio presidencial con hombre–mujer, o viceversa, tendrá vigencia desde las elecciones de 2025. Además, en los partidos que presenten listas para asambleístas nacionales y parlamentarios andinos, al menos una deberá estar encabezada por mujeres.