Corte Constitucional resuelve veto al COIP

POSTURA. La Corte Constitucional es la institución encargada de determinar si una nueva ley va en contra de la Constitución o no.
POSTURA. La Corte Constitucional es la institución encargada de determinar si una nueva ley va en contra de la Constitución o no.
POSTURA. La Corte Constitucional es la institución encargada de determinar si una nueva ley va en contra de la Constitución o no.
POSTURA. La Corte Constitucional es la institución encargada de determinar si una nueva ley va en contra de la Constitución o no.
POSTURA. La Corte Constitucional es la institución encargada de determinar si una nueva ley va en contra de la Constitución o no.
POSTURA. La Corte Constitucional es la institución encargada de determinar si una nueva ley va en contra de la Constitución o no.
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POSTURA. La Corte Constitucional es la institución encargada de determinar si una nueva ley va en contra de la Constitución o no.

La Corte Constitucional (CC) resolvió ayer el veto por inconstitucionalidad de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que mantenía en expectativa a organizaciones de mujeres, pues esperaban que los jueces dieran paso al aborto por violación, que no fue aprobado por la Asamblea.

Sin embargo, todavía no se conoce cuál es el dictamen de los magistrados, quienes sesionaron hasta la noche de ayer. La resolución primero se notificará a las partes, antes de que exista un pronunciamiento público. La Corte tenía previsto resolver el tema la anterior semana, pero el punto se retiró del orden del día.

La actuación de la Corte se dio después de que el Ejecutivo vetó tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al COIP, pues consideró que podría tener problemas de inconstitucionalidad. La Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que en esos casos, la Corte debe resolver y su dictamen debe ser acatado.

Reformas
Los legisladores aprobaron las incorporación del comiso sin condena para que los bienes de personas procesadas con llamado a juicio, por un listado específico de delitos, y que cumplan otras condiciones puedan ser comisados sin que exista una sentencia condenatoria. El Ejecutivo sostiene que esto podría vulnerar la presunción de inocencia.

Además, aprobó que los delitos contra la integridad sexual de niños y adolescentes se puedan juzgar en ausencia y reformó la aplicación de disposiciones en conflicto armado. Finalmente, por error, incluyó una disposición transitoria que normaba la aplicación del aborto no punible en tres causales, pero ese artículo no fue aprobado.

Una vez que la Corte notifique a la Asamblea, el texto será remitido a la Comisión de Justicia. Los legisladores deben incorporar el dictamen al informe sobre las otras 37 objeciones del Ejecutivo, antes de la votación final. (AGO)

La Corte Constitucional (CC) resolvió ayer el veto por inconstitucionalidad de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que mantenía en expectativa a organizaciones de mujeres, pues esperaban que los jueces dieran paso al aborto por violación, que no fue aprobado por la Asamblea.

Sin embargo, todavía no se conoce cuál es el dictamen de los magistrados, quienes sesionaron hasta la noche de ayer. La resolución primero se notificará a las partes, antes de que exista un pronunciamiento público. La Corte tenía previsto resolver el tema la anterior semana, pero el punto se retiró del orden del día.

La actuación de la Corte se dio después de que el Ejecutivo vetó tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al COIP, pues consideró que podría tener problemas de inconstitucionalidad. La Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que en esos casos, la Corte debe resolver y su dictamen debe ser acatado.

Reformas
Los legisladores aprobaron las incorporación del comiso sin condena para que los bienes de personas procesadas con llamado a juicio, por un listado específico de delitos, y que cumplan otras condiciones puedan ser comisados sin que exista una sentencia condenatoria. El Ejecutivo sostiene que esto podría vulnerar la presunción de inocencia.

Además, aprobó que los delitos contra la integridad sexual de niños y adolescentes se puedan juzgar en ausencia y reformó la aplicación de disposiciones en conflicto armado. Finalmente, por error, incluyó una disposición transitoria que normaba la aplicación del aborto no punible en tres causales, pero ese artículo no fue aprobado.

Una vez que la Corte notifique a la Asamblea, el texto será remitido a la Comisión de Justicia. Los legisladores deben incorporar el dictamen al informe sobre las otras 37 objeciones del Ejecutivo, antes de la votación final. (AGO)

La Corte Constitucional (CC) resolvió ayer el veto por inconstitucionalidad de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que mantenía en expectativa a organizaciones de mujeres, pues esperaban que los jueces dieran paso al aborto por violación, que no fue aprobado por la Asamblea.

Sin embargo, todavía no se conoce cuál es el dictamen de los magistrados, quienes sesionaron hasta la noche de ayer. La resolución primero se notificará a las partes, antes de que exista un pronunciamiento público. La Corte tenía previsto resolver el tema la anterior semana, pero el punto se retiró del orden del día.

La actuación de la Corte se dio después de que el Ejecutivo vetó tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al COIP, pues consideró que podría tener problemas de inconstitucionalidad. La Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que en esos casos, la Corte debe resolver y su dictamen debe ser acatado.

Reformas
Los legisladores aprobaron las incorporación del comiso sin condena para que los bienes de personas procesadas con llamado a juicio, por un listado específico de delitos, y que cumplan otras condiciones puedan ser comisados sin que exista una sentencia condenatoria. El Ejecutivo sostiene que esto podría vulnerar la presunción de inocencia.

Además, aprobó que los delitos contra la integridad sexual de niños y adolescentes se puedan juzgar en ausencia y reformó la aplicación de disposiciones en conflicto armado. Finalmente, por error, incluyó una disposición transitoria que normaba la aplicación del aborto no punible en tres causales, pero ese artículo no fue aprobado.

Una vez que la Corte notifique a la Asamblea, el texto será remitido a la Comisión de Justicia. Los legisladores deben incorporar el dictamen al informe sobre las otras 37 objeciones del Ejecutivo, antes de la votación final. (AGO)

La Corte Constitucional (CC) resolvió ayer el veto por inconstitucionalidad de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que mantenía en expectativa a organizaciones de mujeres, pues esperaban que los jueces dieran paso al aborto por violación, que no fue aprobado por la Asamblea.

Sin embargo, todavía no se conoce cuál es el dictamen de los magistrados, quienes sesionaron hasta la noche de ayer. La resolución primero se notificará a las partes, antes de que exista un pronunciamiento público. La Corte tenía previsto resolver el tema la anterior semana, pero el punto se retiró del orden del día.

La actuación de la Corte se dio después de que el Ejecutivo vetó tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al COIP, pues consideró que podría tener problemas de inconstitucionalidad. La Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que en esos casos, la Corte debe resolver y su dictamen debe ser acatado.

Reformas
Los legisladores aprobaron las incorporación del comiso sin condena para que los bienes de personas procesadas con llamado a juicio, por un listado específico de delitos, y que cumplan otras condiciones puedan ser comisados sin que exista una sentencia condenatoria. El Ejecutivo sostiene que esto podría vulnerar la presunción de inocencia.

Además, aprobó que los delitos contra la integridad sexual de niños y adolescentes se puedan juzgar en ausencia y reformó la aplicación de disposiciones en conflicto armado. Finalmente, por error, incluyó una disposición transitoria que normaba la aplicación del aborto no punible en tres causales, pero ese artículo no fue aprobado.

Una vez que la Corte notifique a la Asamblea, el texto será remitido a la Comisión de Justicia. Los legisladores deben incorporar el dictamen al informe sobre las otras 37 objeciones del Ejecutivo, antes de la votación final. (AGO)