La Asamblea demora el trámite de la Ley de Uso progresivo de la fuerza; policías, desprotegidos

HECHO. Policías han sido acusados de mal uso de las armas de dotación
HECHO. Policías han sido acusados de mal uso de las armas de dotación

La delincuencia avanza, pero no el trámite de ley para permitir a los policías el uso de la fuerza cuando estén en peligro.

Nuevamente entra en debate el uso progresivo de la fuerza por parte de miembros de la Policía Nacional. La discusión surge sobre si los policías tienen garantías para actuar en contra de la delincuencia, o si sus actuaciones son sancionadas cuando hieren o matan a un delincuente por defender a la población.

El debate vuelve a la palestra luego de que el 11 de junio del 2021, el cabo segundo de la Policía, Santiago Olmedo, interviniera en un robo a mano armada, en una de las calles de Riobamba, y donde tuvo que usar su arma de dotación para proteger a quien estaba siendo asaltado. Durante los hechos dos de los delincuentes fueron abatidos, uno en el lugar y otro falleció en el hospital, como lo reseñó LA HORA.

Defensa en libertad

Desde el Ministerio de Gobierno y la Policía Nacional se buscó dar a los elementos policiales la confianza de que están respaldados en su accionar contra la delincuencia, siempre que el mismo esté apegado a las normas legales y constitucionales.  Es así, que se incluyeron reformas al Código Orgánico Integral  Penal (COIP) y que fueron aprobadas en diciembre del 2019 por la Asamblea Nacional.

Así lo recuerda el exasambleísta Henry Cucalón, quien formó parte de la Comisión de Justicia que tramitó las reformas. indicó que entre los cambios están justamente que los policías podrán defenderse en libertad,  con medidas sustitutivas y no habrá prisión preventiva. Además, se incluyó  que el uso progresivo o racional de la fuerza del personal policial se aplicará observando los siguientes principios: legalidad, necesidad y proporcionalidad.

Análisis del caso

Por su parte, la expresidenta de la Comisión de Justicia, Marcela Aguiñaga, dijo a este Diario, que está bien que se lleve adelante una investigación para determinar si el policía actuó con dolo.

 “Si existía peligro contra la vida de una persona y el policía actuó en defensa, lo que opera es lo que se denomina una causa de exclusión de la antijuridicidad, es decir, el policía no respondería por existir una justificación a la lesión de un bien jurídico, que en este caso es la vida”, explicó.

Criterios con los que coincide el abogado penalista y defensor de Derechos Humanos, Ramiro Román. Cree que en el caso del policía, la investigación debe darse sobre la base de los hechos suscitados y estableciendo si su accionar estuvo enmarcado dentro de los parámetros establecidos para el uso progresivo de la fuerza.

“En el derecho penal hay un principio universal que es la presunción de inocencia hasta que no se demuestre lo contrario. La Fiscalía y los jueces deben analizar pormenorizadamente los hechos y tomar una resolución. No es de asustarse porque se haya abierto una investigación, es un procedimiento reglado por ley”, sostuvo el jurista.

Una ley en trámite

El 13 de abril de 2021, el exministro de Gobierno, Gabriel Martínez y la comandante general de la Policía, Tannya Varela, presentaron el proyecto de Ley de Uso Progresivo de la Fuerza. Cuenta con 50 artículos, dos disposiciones generales y tres transitorias.

“Nuestro objetivo es entregar a la Policía una ley que genere certezas en momentos de incertidumbre, cuando se debe emplear el uso progresivo de la fuerza. Certezas para el policía, para que tenga una norma que regule su actuación; certezas para los ciudadanos y también para los jueces, cuando tengan que analizarla”, dijo Martínez en abril de 2021.

El objetivo de la Ley  es “regular el uso legal, proporcional, adecuado y necesario de la fuerza como facultad privativa del Estado, para su ejercicio a través de la Policía Nacional”.

La propuesta

Entre los artículos propuestos se justifica la utilización de fuerza letal ante una amenaza. “Es la utilización de fuerza letal o de armas de fuego con munición letal, a efecto de neutralizar la actuación antijurídica violenta o agresión letal de una o varias personas, en salvaguarda de la vida de la o del servidor o de un tercero”.

Además, establece los niveles del uso “legal, proporcional, adecuado y necesario de la Fuerza”, por parte de la Policía, pero ante multitudes. En el último grado se prevé el uso de municiones reales.

El presidente de la Comisión de Soberanía y Seguridad Integral, Ramiro Narváez, dio a conocer que hasta diciembre de 2021 estará listo el informe para primer debate del proyecto de Uso Progresivo de la Fuerza. (RR)

Casos de policías en el que se ha usado la fuerza

Lo que ocurre con  Santiago Olmedo, cabo segundo de la Policía, no es el único que se ha suscitado en el país. El 19 de noviembre de 2003 se produjo un asalto en una farmacia en el norte de Guayaquil. Hubo un enfrentamiento entre policías y delincuentes. Ocho de estos últimos fallecieron.   continuó luego de que cambió de nombre por ‘Las Dolores’, que hace referencia a las tres mujeres que denunciaron la desaparición y asesinato se sus esposos por parte de miembros policiales. Los gendarmes  fueron sentenciados en noviembre de 2014.

El 23 de agosto del 2018, en un enfrentamiento con pobladores del Valle del Chota, en el control de Mascarilla,  provincia de Imbabura, un Policía del GOE disparó a un hombre, quien falleció. Luego de cuatro meses en la cárcel, el policía quedó en libertad.

El 28 de noviembre del 2018, en el sector del Quicentro Sur en Quito, cuatro individuos que portaban un arma de fuego y tres cuchillos asaltaron un vehículo de transporte público. Este hecho fue repelido por un sargento de la Policía, que hirió a uno de ellos en el pecho con su arma de fuego. El policía, tras seguir el procedimiento de Ley, quedó en libertad.