Ricardo Rivera tenía pendiente compensar al Estado

Ricardo Rivera y Jorge Glas debían pagar $14 millones como reparación al Estado. Foto: API
Ricardo Rivera y Jorge Glas debían pagar $14 millones como reparación al Estado. API

Junto con su sobrino Jorge Glas debía cancelar $14,1 millones de indemnización al Estado tras ser declarados culpables en el caso Odebrecht.

Ricardo Rivera, fallecido este sábado 15 de enero de 2022, había sido detenido el 2 de junio de 2017 en Guayaquil. Los agentes que lo capturaron lo habían seguido por 14 días. El 13 de diciembre de ese mismo año, fue sentenciado en primera instancia por el caso de corrupción de Odebrecht. La justicia le impuso seis años de prisión. Pero ¿qué otras medidas debía cumplir Rivera? ¿Y qué pasará con las sanciones económicas?

1.- En 2017 se ordenó que Rivera, junto con su sobrino Jorge Glas, ex vicepresidente de Ecuador, y seis personas más paguen $ 33,4 millones al Estado como reparación del delito de asociación ilícita en el entramado de corrupción de Odebrecht. 

2.- Específicamente a Rivera y a Glas se les condenó a pagar $14,1 millones (7 millones cada uno). El 7 de enero pasado, los jueces Byron Guillén, Felipe Córdova y Javier de la Cadena, quienes conforman el tribunal de ejecución de la sentencia, emitieron un mandato para que la Procuraduría determine los activos y bienes que tenía cada uno. Este paso es necesario para una posterior incautación y venta de los objetos que permitan solventar la deuda.

3.- Rivera habría cumplido su condena de 2.160 días de cárcel el 2 de mayo de 2023. Estaba libre desde el 9 de diciembre de 2021 tras recibir el beneficio penitenciario de cambio de régimen a semiabierto (le permite dejar la cárcel). Preveía cumplir los 508 días que le faltaban lejos de la prisión.

4.- Debía usar un dispositivo de vigilancia electrónica (grillete) que lo monitoreaba las 24 horas. El servicio nacional de atención a privados de la libertad (Snai) confirmó tras la muerte que el grillete será retirado de su tobillo.

5.- El juez Luis Jiménez, quien le otorgó el cambio de régimen, también limitó su movilidad. Al inicio señaló que Rivera podía transitar únicamente en Guayas. Luego amplió ese espacio e incluyó a Quito ya que Rivera debía desplazarse a la capital para cumplir las diligencias como parte de una investigación por posible lavado de activos.

6.- El juez además impuso la prohibición de salida del país y la presentación periódica, cada mes, ante la oficina Fiscalía más cercana a su domicilio.

El abogado penalista Paúl Ocaña Merino indicó que con la muerte de Ricardo Rivera, todos los procesos legales en su contra se extinguen. En el caso de la sanción económica por Odebrecht, indicó que la sentencia se vuelve un “título ejecutivo” que el Estado puede cobrar.

“Si yo tengo una deuda, tengo que cubrir con bienes”, señaló. Es la Procuraduría la que debe señalar el número y valor de todo lo que pertenecía a Rivera.

Tras el fallecimiento, todos los bienes irían a sus herederos. El Código Civil prevé que si un heredero observa que las deudas son mayores a los beneficios, puede repudiar la herencia y no aceptarla. (DPV)

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