Eliminación de utilidades por carga familiar bajará carga tributaria de empresas

El beneficio llega al 20% de los ecuatorianos con empleo adecuado

El Gobierno quiere implementar el cambio para que el porcentaje de reparto de utilidades baje del 15% al 10% para nuevas empresas e inversiones.

Dentro del proyecto Ley de Oportunidades, que el Gobierno espera enviar a la Asamblea hasta finales de septiembre de 2021, se incluye la eliminación del reparto de utilidades por cargas familiares.

Así lo reconoció el ministro de Trabajo, Patricio Donoso, durante una entrevista con Radio Quito. La idea es que todos los empleados reciban el mismo monto, sin tomar en cuenta si tienen hijos o no.

Actualmente, las empresas están obligadas a repartir el 15% de sus utilidades entre sus empleados: 10% entre todos y 5% de acuerdo a las cargas familias

Javier Bustos, abogado tributario, explicó que la reforma aplicará para las nuevas contrataciones, compañías e inversiones que se realicen a partir de la aprobación de la Ley de Oportunidades.

«Si ya no se tiene el reparto por cargas, el porcentaje de utilidades bajaría al 10%, pero solo para las empresas que se creen luego de que se apruebe la ley», dijo.

En otras palabras, el objetivo es bajar el costo tributario porque, de acuerdo con Bustos, los nuevos negocios pagarán 35% (entre utilidades y impuesto a la renta) y no los 40% actuales.

Todos los que ha venido recibiendo utilidades desde antes, no se verán afectados por la reforma del Gobierno. En promedio, entre 450.000 y 480.000 trabajadores reciben ese beneficio cada año, el cual promedia alrededor de $2.500.

Busto puntualizó que el cambio que está buscando el Gobierno debería ir más lejos. Se debería dar libertad a los empresarios para que repartan utilidades con base en resultados y desempeño.

En otras palabras, no se debería dar un mismo monto a todos, sino premiar a los mejores como una forma de incentivo y de asegurar que se mantengan en la organización.

«No es justo que todos reciban lo mismo, mientras unos hacen su mejor esfuerzo y otros apenas cumplen sus funciones», aseveró. (JS)

DATO.- El artículo 105 del Código del Trabajo establece que el pago de utilidades se realizará dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la fecha de liquidación de utilidades, que deberá hacerse hasta el 31 de marzo de cada año.

 

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