Reducción del IVA al 8% busca dinamizar el turismo en Semana Santa

OPORTUNIDAD. El feriado de Semana Santa del 18 al 20 de abril de 2025 es una ocasión para disfrutar de eventos turísticos, religiosos y gastronómicos

Se estableció la reducción del 15% al 8% el IVA para servicios turísticos durante el feriado de Semana Santa del 18 al 20 de abril de 2025, mediante el Decreto Ejecutivo N.º 594. La medida busca incentivar el turismo interno y dinamizar la economía en todo el país.

El Gobierno Nacional dispuso una nueva reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15% al 8% para servicios turísticos durante el próximo feriado de Semana Santa, que se celebrará del viernes 18 al domingo 20 de abril de 2025.

Esta medida fue oficializada mediante el Decreto Ejecutivo N.º 594, firmado por el presidente de la República, Daniel Noboa.

La decisión busca incentivar el turismo interno, fomentar el consumo en actividades vinculadas al sector y dinamizar la economía en las diferentes regiones del país. Semana Santa es uno de los feriados más importantes en el calendario nacional, con una alta movilización de turistas que visitan playas, zonas rurales, montañas y ciudades patrimoniales.

¿En qué establecimientos y servicios aplica la reducción del IVA?

Durante estos tres días, los establecimientos turísticos registrados en el Ministerio de Turismo deberán aplicar la tarifa reducida del 8% en sus facturas. La medida incluye a:

  • Alojamiento: hoteles, hostales y otros establecimientos de hospedaje.

  • Alimentos y bebidas: restaurantes, cafeterías y bares.

  • Transporte turístico: terrestre, marítimo, fluvial y aéreo, además del alquiler de vehículos con fines turísticos.

  • Operadoras y agencias de viajes.

  • Organización de eventos, congresos y convenciones.

  • Casinos, salas de juego y parques de atracciones.

Los prestadores de servicios turísticos deberán reflejar la tarifa reducida en los comprobantes de venta emitidos durante el feriado, únicamente del 18 al 20 de abril.

¿Cómo aprovechar el beneficio del IVA al 8%?

1. El IVA reducido solo se aplicará para servicios consumidos y facturados durante los días del feriado.

2.- En casos como pasajes aéreos o paquetes turísticos, el beneficio también se aplicará si se pagan durante el feriado, aunque el servicio se use después.

3.- Los consumidores deben verificar que el establecimiento esté registrado en el catastro del Ministerio de Turismo, disponible en su sitio web.

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4.- Los negocios que no aparezcan en el listado pueden solicitar su inclusión escribiendo a [email protected]. (JS)