Recargos ilegales por el uso de tarjetas están en la mira de las autoridades

Las prácticas abusivas desincentivan aún más el uso del llamado dinero plástico.
Las prácticas abusivas desincentivan aún más el uso del llamado dinero plástico.

Solo los cobros por compra de combustible en estaciones de servicio tienen una comisión adicional cuando se pagan con tarjeta. Para el resto, todo porcentaje adicional es ilegal.

Si en una tienda, comercio de cualquier tipo, o un lugar que brinda servicios como una peluquería, le exigen que el sume a su cuenta un recargo de entre el 4% y 14% por pagar con tarjeta de crédito o débito, usted está siendo víctima de una práctica ilegal y abusiva

En el artículo 50 de La Ley de Defensa del Consumidor se establece claramente que el precio para el pago con tarjeta de crédito o débito será el mismo que al contado, sin ningún tipo de porcentaje adicional.

En una nota publicada por Diario LA HORA, el 17 de diciembre de 2021, y ante las crecientes quejas de la ciudadanía, se explicó que el único caso en donde es legal el cobro de una comisión es cuando se paga por llenar el tanque de combustible en una estación de servicio.

Desde esa fecha, las denuncias de prácticas ilegales ha ido en aumento hasta el punto que el pasado 5 de abril de 2022 se realizó una reunión que contó con la participación de la Defensoría del Pueblo, la Junta de Política de Regulación Monetaria y Financiera, la Superintendencia de Bancos, la Gobernación de Guayas y el Banco Central del Ecuador (BCE).

En esa reunión, se ratificó que no hay ninguna norma que autorice el cobro de recargos por el solo hecho de usar tarjeta de crédito o débito para hacer un pago.

Además, se recalcó que los clientes perjudicados por este tipo de prácticas deben presentar las denuncias en las instituciones financieras emisoras de la tarjeta o en la Superintendencia de Bancos. La Defensoría trasladará a esas entidades los casos que reciba.

En los contratos suscritos entre la entidad emisora y la tienda o comercio consta una cláusula expresa que prohíbe el traslado al cliente final de los valores que debe pagar el establecimiento al emisor.

Si se viola esa cláusula, se debe dejar sin efecto el contrato y comunicar a la Superintendencia de Bancos para que notifique a todas las instituciones del sistema financiero y el establecimiento no puede cobrar a través de tarjetas.

A través de un comunicado, emitido luego de la reunión de autoridades, se detallaron 9 puntos acordados:

1.- Se ratifica que ninguna norma legal autoriza el recargo cuando se paga con tarjeta de crédito o débito.

2.- Los clientes deben presentar las denuncias en las instituciones financieras emisoras de la tarjeta o en la Superintendencia de Bancos. La Defensoría trasladará a esas entidades los casos que reciba.

3.- En los contratos suscritos entre la entidad emisora y el establecimiento comercial consta una cláusula expresa que prohíbe el traslado al usuario final de los valores que debe pagar el establecimiento al emisor.

4.- Se realizarán campañas comunicacionales, a fin de que la ciudadanía conozca sus derechos y para que los establecimientos exhiban en un sitio visible la prohibición de recargos adicionales por pagos con tarjetas de crédito.

5.- Que la comisión que debe pagar el establecimiento, no el usuario, es del 4 % por tarjeta de crédito y el 2 % por tarjeta de débito.

6.- Se realizarán recorridos y controles para verificar que los negocios acaten la ley. Los casos de locales que no respeten la norma serán puestos en conocimiento de la Fiscalía.
Los usuarios pueden denunciar el cobro de recargos por violar el artículo 50 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.

7.- Se exhortará a las cámaras empresariales para que hagan conocer a sus agremiados la prohibición de recargo por tarjeta de crédito.

8.- Se convocará a los gerentes de las instituciones financieras y defensores al cliente, para analizar estrategias y canales que permitan atender los reclamos y proteger a los consumidores.