Portar armas dentro de recintos electorales se sancionará con multa

El infractor será puesto a disposición de la Fiscalía General del Estado, según el Código de la Democracia.

A medida que se acerca el día de las elecciones seccionales, designación de vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) y referéndum constitucional, previstas para este domingo 5 de febrero de 2023 -entre las 07:00 y 17:00-  funcionarios del Consejo Nacional Electoral (CNE) recuerdan a los ciudadanos, las sanciones en caso de transgredir el artículo 291 del Código de la Democracia.

La normativa vigente sanciona con multa equivalente al 50% (225 dólares) de una remuneración mensual básica unificada a quien se presente a sufragar portando armas. En el caso de portar armas sin permiso, además de la sanción pecuniaria, el infractor será puesto a disposición de la Fiscalía General del Estado (FGE) “para los fines legales consiguientes”.

El 291 también sanciona con la misma multa económica a quien ocasione alguna alteración o perturbación en el desarrollo de las votaciones, dentro o fuera de los recintos electorales. (SC)

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