El proceso de devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad en Ecuador puede demorar entre 60 y 90 días hábiles, aunque en algún momento se llegó a tramitar en 15 días. Según el SRI, este cambio responde a la necesidad de implementar controles más estrictos para evitar fraudes. A pesar de las quejas ciudadanas, la entidad asegura estar al día con los pagos aprobados, aunque advierte que la acreditación final depende de la asignación de recursos del Ministerio de Economía.
La devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para adultos mayores y personas con discapacidad, que en el pasado se tramitaba en un plazo promedio de 15 días, ahora puede demorar hasta 60 días hábiles para adultos mayores y hasta 90 días hábiles para personas con discapacidad.
Según informó el Servicio de Rentas Internas (SRI), este cambio se debe a la implementación de controles adicionales para evitar fraudes y proteger a los beneficiarios.
Sin embargo, desde la administración tributaria se puntualizó que los plazos legales siempre han estado entre 60 y 90 días. Esto quiere decir que realmente no ha habido un cambio normativo; a pesar de que en algún momento se pudo reducir los plazos.
Más controles para prevenir estafas en devoluciones de IVA
El SRI ha explicado que la extensión de los plazos responde a la detección de intentos de estafa, en los cuales personas inescrupulosas han suplantado a adultos mayores y personas con discapacidad para acceder a la devolución del IVA de manera fraudulenta.
El nuevo procedimiento busca blindar el proceso para garantizar que los recursos lleguen a los verdaderos beneficiarios. Aun así, el SRI asegura que las devoluciones se han realizado dentro de los plazos legales.
En 2024, el SRI devolvió un total de $345,3 millones por este concepto. En lo que va de 2025, ya se han entregado $91,5 millones, incluyendo $60 millones que fueron desembolsados en febrero para saldar pagos pendientes.
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Sin embargo, a pesar de estos montos, varios beneficiarios han expresado su malestar a través de redes sociales, señalando demoras que, en algunos casos, se remontan a octubre de 2024.
El SRI también ha recordado que los plazos legales para la devolución (60 o 90 días hábiles) se cuentan desde la emisión de la «resolución notificada«, es decir, desde la fecha en que el SRI aprueba oficialmente la solicitud de devolución, no desde la fecha en que el ciudadano presenta la solicitud.
Además de los plazos legales, el SRI puntualiza que el pago final está sujeto a la disponibilidad de recursos por parte del Ministerio de Economía, lo que puede generar un retraso adicional en la acreditación del dinero a los beneficiarios.
El SRI enfatiza que ningún beneficiario debe compartir sus claves o información personal y que cualquier sospecha de fraude debe ser reportada inmediatamente a las autoridades competentes. (JS)