Organizaciones piden que reglamento de Ley de Tránsito enfatice la seguridad

La ANT ha excedido el plazo de 180 días para la elaboración del reglamento.
La ANT ha excedido el plazo de 180 días para la elaboración del reglamento.

Las propuestas plantean, por ejemplo, que ningún menor de 12 años pueda viajar sentado en la parte delantera de los vehículos.

Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), entre ellas la Fundación Tandem, la Asociación de Usuarios y Consumidores del Ecuador, y la Asociación de Peatones de Quito, plantean al Ejecutivo varias recomendaciones que pueden incorporarse en el reglamento de la Ley de Tránsito que está en vigencia desde el 10 de agosto de 2021.

El 10 de febrero se cumplió el plazo de 180 días para que la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) redactara el documento que permitirá, luego de una socialización, la aplicación formal de la Ley.

“No sabemos cuándo estará listo el borrador, pero conocemos que la ANT ya trabaja en un texto y esperamos que sea lo antes posible”, dice Daniela Chacón, representante de la Fundación Tandem; centro de investigación que promueve el desarrollo de ciudades y sus habitantes para lograr seguridad, inclusión y sostenibilidad.

Se sugiere, por ejemplo, que en todo el documento se incluya el término “siniestros viales” en lugar de “accidentes” ya que, se entiende que un accidente es fortuito mientras que un siniestro es prevenible.

Además, solicitan que el reglamento diga que todo pasajero menor a 12 años o cuando su estatura sea menor a 1,50 metros, vaya siempre sentado en los asientos posteriores de los autos utilizando los sistemas de retención infantil homologados. Estos deben de estar correctamente abrochados y sujetos al vehículo y adaptados al peso, talla y edad del menor.

Sobre el uso de cascos, se solicita que los conductores y pasajeros de motocicletas, motonetas, bicimotos, tricar y cuadrimotos estén obligados a llevar en todo momento el casco correctamente sujeto a la cabeza y abrochado a la barbilla con la correa y hebilla proporcionadas en el casco.

Para los límites de velocidad se recomienda revisar los rangos de velocidad, reconociendo la realidad de nuestro país e incorporando las mejores prácticas internacionales.

Respecto a conducir bajo los efectos del alcohol, recomiendan que, en caso de conducción del vehículo en estado de embriaguez, el agente de tránsito deberá realizar de manera obligatoria y aleatoriamente los análisis de aliento y sangre.

Requerir a todo conductor, incluyendo a conductores de motocicletas, el examen o análisis de aliento y sangre de manera obligatoria para siniestros fatales para identificar la escala de trauma relacionado con el nivel de alcohol.

Cifras de accidentes de tránsito

Daniela Chacón detalla que las últimas cifras de siniestros de tránsito revelan la existencia de más de 50.000 eventos de este tipo al año a escala nacional.

En 2021, más de 2.100 personas murieron en las vías por siniestros de tránsito, y alrededor de seis personas al día fallecieron por esta causa. “Esta es la principal causa de muerte, por lo tanto, el reglamento es urgente en la medida que permite tener todas las reglas para aplicar la ley y poder salvar vidas”, señala la activista. (SC)