Paola Cabezas, asambleísta por la Revolución Ciudadana, busca que la Fiscalía abra una investigación por el presunto delito de actos de odio contra tres personas, entre ellas el presidente Daniel Noboa.
Paola Cabezas, en calidad de asambleísta por la Revolución Ciudadana, presentó el 12 de febrero de 2025 una “notitia criminis” (noticia sobre alguna supuesta infracción penal) en la Fiscalía de Esmeraldas. Pidió que se abra una investigación en contra de tres personas por el presunto delito de actos de odio.
Esa “notitia criminis” fue presentada “contra los periodistas Carlos Vera, el señor (Martín) Pallares y también el presidente de la República (Daniel Noboa)”, indicó Cabezas.
La asambleísta criticó que se está provocando “mayor fraccionamiento” en territorios que tomaron una decisión distinta a la de Noboa en las votaciones del 9 de febrero y que “eso no los hace delincuentes”.
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Argumentos de Cabezas en la acusación
La asambleísta, que obtuvo respaldo en las urnas para volver a la Asamblea, presentó a la Fiscalía dos documentos por separado. Uno contiene los hechos que denuncia, que habrían sido cometidos por los periodistas. En otro se denuncia la actuación del mandatario Noboa.
En ambos casos, Cabezas argumentó que la candidata González “sacó la mayor votación en todas las provincias de la Costa sobre el candidato del movimiento ADN, Daniel Noboa”.
Agregó los porcentajes que la candidata obtuvo en comparación a Noboa, con el siguiente detalle (corte al 11 de febrero, página web del CNE): “Esmeraldas, 52,17% Luisa González, 40,67% Daniel Noboa; Guayas, 48,81% González y 43,70% Noboa; Los Ríos 55,83% González, 37,69% Noboa; Manabí 62,91% González, 30,18% Noboa; Santa Elena 54,51% González, 37,08% Noboa; El Oro 49,15% González, 43,86% Noboa”.
“El 9 de febrero, los periodistas haciendo comentarios sobre situaciones que han ocurrido en otro país, que no tienen ningún contexto con Ecuador, dijeron que los territorios que habían votado por Luisa González votaban porque ahí estaba el narcotráfico. Dando a entender que quienes votan por nosotros son personas que están ligadas a esa actividad”, señaló Cabezas.
Considera que “hay un sesgo regionalista muy fuerte, que preocupa frente a un contexto de campaña”.
Se trató de un análisis de Pallares en el espacio de entrevistas de Vera. Cabezas cuestionó lo que dijo Pallares en el minuto 34:16 de la entrevista, donde menciona el caso colombiano.
“Y otro tema que yo creo que hay que analizar y romper un poquito de tabúes, porque yo veo que en Colombia se hacen este tipo de lecturas, es la realidad geográfica del narcotráfico y las votaciones. Veamos las provincias donde más grande es el narcotráfico, más intenso es el fenómeno, y cómo se produce la votación (…)”, es parte del criterio vertido por Pallares en la entrevista.
“Desde luego, la incidencia del narcotráfico es más alta en Esmeraldas, en Manabí, en Guayas, en Los Ríos, Santa Elena y El Oro”, comentó Vera en el diálogo con Pallares. Vera “avala el análisis y el mensaje de odio de Martín Pallares”, menciona la asambleísta en el documento presentado a la Fiscalía.
Este Diario buscó la reacción de los periodistas. “Criminalizar la opinión cuando es contraria y por lo visto influyente, es el típico recurso correísta para intimidar y callar. El maestro del odio es el líder de ellos, no solo contra mí, sino hacia múltiples actores que lo combaten. Ojalá las autoridades tengan la claridad y entereza de ubicar esa noticia criminis donde corresponde. El verdadero fin no es enjuiciarme sino incitar a miles de sus partidarios violentos a callarme”, respondió Carlos Vera. Hasta la publicación de esta nota, Pallares no contestó.
Cabezas pide a Fiscalía que abra investigaciones
Sobre Noboa, la noticia criminis se relaciona a la entrevista que proporcionó el presidente a radio Centro el 11 de febrero en el minuto 02:50. “Dijo que había entregado unas pruebas a la OEA (Organización de Estados Americanos), donde demostraba que las personas que habían votado por Luisa González habían ido a votar amenazadas por personas vinculadas a grupos de delincuencia organizada, ligados a la Revolución Ciudadana. La OEA desmintió esa aseveración del presidente”, refirió Cabezas.
El representante de la Misión de la OEA, Gabriel Mato, descartó la existencia de un fraude en las elecciones.
“Él (Noboa) dice contar con pruebas, hay que parar por el bien del país porque vienen sistemáticamente estigmatizando territorios. Lo digo por mi provincia”, expresó Cabezas al señalar que parte de la población esmeraldeña ha salido de esa provincia por “la carga racista” que habrían provocado declaraciones de los expresidentes Guillermo Lasso y Lenin Moreno. “Ahora se repite la misma historia”.
“Por eso he acudido a la Fiscalía, para que abra una investigación y llame a declarar al presidente, que muestre las pruebas que él dice tener, lo tiene que demostrar. Pero no puede vulnerar derechos fundamentales como el derecho a vivir sin discriminación. Nadie puede ser discriminado por su condición política. Hay una carga de odio y racismo que tiene que ser investigada por la Fiscalía”, afirmó. También solicitó que se abra una investigación con respecto a los periodistas. El Gobierno no se ha pronunciado respecto a la noticia criminis, este 13 de febrero ha difundido los decretos firmados por Noboa sobre cambios en su gabinete.
¿Qué dice el COIP?
El artículo 177 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica los actos de odio. Establece que la persona que cometa actos de violencia física o psicológica de odio, contra una o más personas en razón de su nacionalidad, etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género u orientación sexual, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, condición socioeconómica, condición migratoria, discapacidad, estado de salud o portar VIH, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Además, determina que, si los actos de violencia provocan heridas a la persona, se sancionará con las penas privativas de libertad previstas para el delito de lesiones agravadas en un tercio. Si los actos de violencia producen la muerte de una persona, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años. (KSQ)
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