La nueva reforma tributaria se emite mediante decreto ley del presidente Lasso

Luego de firmar la muerte cruzada, el primer mandatario emitió su primer decreto ley de urgencia económica. Con esto, el ejecutivo aprueba la nueva reforma tributaria que aumenta las deducciones de gastos personales y reduce el pago del impuesto a la renta.

 

El presidente de la República, Guillermo Lasso, a través del decreto ejecutivo No 742, establece la aprobación de la nueva reforma tributaria.

Esta reforma tributaria, ante la disolución del congreso y la activación de la muerte cruzada, ya no debe pasar por trámite legislativo.

Así, Lasso utiliza por primera vez la potestad de emitir decretos leyes de urgencia económica para avanzar en la concreción de la llamada Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar.

En su parte medular, esta ley establece que se triplique el límite para la deducción de gasto personales hasta los $15.294 al año.

El director del Servicio de Rentas Internas, Francisco Briones, a través de su cuenta de Twitter, explicó que si el ingreso es hasta $2.000 mensual, el contribuyente no pagará impuestos a la impuesto renta; aún con cero cargas familiares. Si tienes una carga, el umbral de no pago del tributo sube hasta $2.200.

Con dos cargas se «pone mejor la cosa», según Briones. No se pagará impuesto si el ingreso es hasta $2.400 mensuales.

Y si tiene tres cargas familiares, recién empezará a pagar a partir de $2.700.

«Y aún si ganas más pagarás mucho menos que ahora», aseguró el director del SRI.

Las reformas, que ahora se aprueban por decreto ley, también incluyen la simplificación en el pago del Régimen de Negocios Populares y Microempresas (Rimpe); la creación de un impuesto único para las empresas de pronósticos deportivos y el establecimiento de 12% de IVA para espectáculos públicos (excluye espectáculos artísticos como teatro, danza y producciones audiovisuales).

LA HORA hizo un resumen de las 10 principales claves de los cambios impulsados desde el Gobierno de Lasso.

El mismo decreto ejecutivo, en su disposición derogatoria, aclara que las reformas entrarán en vigencia luego de que la Corte Constitucional emita su dictamen favorable.

De acuerdo con la normativa, durante el periodo de transición desde la muerte cruzada y hasta que se elijan nuevas autoridades (ejecutivo y legislativo), el presidente Lasso podrá emitir decretos ley solo de urgencia económica, los cuales deben ser analizados y avalados por la Corte Constitucional. (JS)

 

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