Los médicos no podrán negarse a realizar un aborto en casos de violación

Desde 2021, los abortos por violación son despenalizados.

La Corte Constitucional suspendió la objeción de conciencia que daba aval a que los médicos puedan negarse a practicar un aborto en casos de violación. Esta decisión se suma a otras como haber suspendido, temporalmente, los requisitos para acceder este proceso médico.

La Corte Constitucional (CC) suspendió la objeción de conciencia cuando exista un aborto en casos de violación. Es decir que los médicos no podrán negarse a realizar un aborto en casos de violencia sexual.

La CC dio paso a una demanda de inconstitucionalidad que un grupo de colectivos feministas hizo contra el artículo 24 de la ley que regula el aborto en casos de violación. El numeral 10 de ese artículo señalaba que una obligación del personal de salud era: Garantizar la provisión de la interrupción voluntaria del embarazo en zonas remotas, alejadas y de difícil acceso. Cuando exista un profesional de salud objetor y este sea el único que pueda llevar a cabo el procedimiento de interrupción del embarazo,» debe observar con debida diligencia y sin dilaciones el deber de derivación».

La modificación del artículo de la CC señala que se debe garantizar la provisión de la interrupción voluntaria del embarazo en zonas remotas, alejadas y de difícil acceso.

La objeción de conciencia amplica para los médicos, pero también de forma institucional. El artículo 25 de la ley prohibía al personal del sistema nacional de salud “alegar objeción de conciencia de forma institucional, cuando se trate de hospitales estatales”. Así, la Corte prohíbe a todo el personal del sistema nacional de salud alegar objeción de conciencia de forma institucional.

Este pronunciamiento se suma al hecho a finales de noviembre cuando la Corte Constitucional (CC) admitió a trámite una acción de inconstitucionalidad que busca eliminar los requisitos formales para probar una violación y acceder a un aborto. En el auto de admisibilidad, se emitió una medida cautelar para que la víctima de violación acceda a un aborto sin denuncia, declaración juramentada o examen médico. La medida es temporal. (AVV)

 

¿Cómo puedes acceder a un aborto seguro en casos de violación?