Medallistas olímpicas pagarán impuesto sobre premio económico

Salazar (i.) y Dajomes llegaron este 4 de agosto 2021 a Ecuador desde Tokio.

Los $100.000 y $80.000 que recibirán Neisi Dajomes y Tamara Salazar, respectivamente, está gravado con impuesto a la renta. Una parte irá al fisco.

En enero de 2021, la entonces ministra del Deporte, Andrea Sotomayor, emitió el acuerdo ministerial No 0040. En ese acuerdo se establece un incentivo económico para los deportistas que alcancen medallas en las Olimpiadas de Tokio.

En concreto, se establece $100.000 por el oro, que irán para Neisi Dajomes; y $80.000 por la plata, que beneficiaría a Tamara Salazar. El Gobierno ha ofrecido pagar esos $180.000 en 20202; pero todavía no hay un plazo o una fecha precisa.

Sin embargo, las medallista olímpicas no accederán al monto completo. El abogado tributario y docente universitario, Pablo Villegas, explicó que el acuerdo ministerial establece que el dinero que se entregará es un incentivo, y no una compensación económica.

Por eso, Dajomes y Salazar deberán pagar impuesto a la renta. » Aquí considero que es 8% de retención de renta porque es un pago por sus actividades de deportistas», acotó Villegas. Lo mismo le ocurrirá al ganador de la medalla de oro Richard Carapaz.

Así, de los $100.000 (de Dajomes) se tendrá que descontar $8.0000; mientras que de los $80.000 (de Salazar) se deberá restar $6.400.

Según Villegas, en estos casos no cabe usar deducciones porque el pago viene de  la Secretaría del Deporte, que es parte del sector público. Tampoco grava IVA porque no es un bien ni un servicio adquirido por la Secretaría; es un incentivo para la práctica deportiva.

Javier Bustos, abogado tributario, comentó que la única forma de que no se pague impuesto a la renta es que se establezca su exención a través de una ley.

En el caso de premios por ganar competencias o eventos deportivos, que no son incentivos entregados desde el Gobierno, la ley establece que la tasa de impuesto a la renta es del 35%. Por otro lado, los premios dentro del concepto de loterías, rifas, apuestas y similares se gravan con el 15%, a excepción de los relacionados con la Junta de Beneficencia de Guayaquil.  (JS)

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