Corte Constitucional emite dictamen a favor de juicio político a Lasso por presunto peculado

Los jueces Enrique Herrería, Teresa Nuques, y Carmen Corral emitieron un voto salvado. La sesión del pleno convocada por Alí Lozada se instaló a la 20:00 y se realizó por vieoconferencia a través de la plataforma Zoom.

Con seis votos a favor, el Pleno de la Corte Constitucional (CC) resolvió inadmitir las dos acusaciones relativas al presunto delito de concusión, y admitir la acusación de juicio político relacionado con el presunto delito de peculado en contra del presidente de la República, Guillermo Lasso.

“En el dictamen se determinó que corresponde a esta Corte efectuar tanto, un análisis del procedimiento como del contenido de la solicitud, para garantizar el equilibrio de poderes entre la función Ejecutiva y Legislativa, y asegurar que la institución del juicio político al Presidente de la República no sea utilizada de forma arbitraria ni irrazonable”, informó la Corte en un comunicado luego de que concluyó la sesión extraordinaria, convocada por el presidente de la Corte, Alí Lozada a las 20:00 de este 29 de marzo de 2023.

En su análisis, la Corte señaló que el procedimiento, y la solicitud presentada y el trámite seguido en la Asamblea Nacional respetó los principios de legitimidad política y del debido proceso.

Sin embargo, los magistrados llamaron la atención a los solicitantes y a la Asamblea Nacional por la falta de prolijidad en la activación de dicha figura constitucional.

Por otro lado, respecto del contenido de la solicitud, se estableció que los primeros dos cargos formulados por los solicitantes -relacionados con el delito de concusión- no cumplen las exigencias del artículo 148 numeral 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC). 

En relación al delito de peculado, por el contrario, se determinó que su formulación se enmarca en los presupuestos de admisibilidad establecidos en el mismo artículo de la LOGJCC.

La Corte exhortó además a las instituciones involucradas en el juicio político a actuar siempre dentro de los cánones previstos en la Constitución y el Estado de Derecho.

Los votos a favor de la interpelación parcial al mandatario en la Asamblea fueron del presidente de la Corte, Alí Lozada; y de los jueces Karla Andrade, Alejandra Cárdenas, Jhoel Escudero, Ricardo Ortiz, y Daniela Salazar.

A su vez, la decisión contó con tres votos salvados, emitidos de forma individual por las juezas Teresa Nuques Martínez y Carmen Corral Ponce y el juez Enrique Herrería Bonnet, quienes -con su propia argumentación- se apartaron de la decisión de mayoría por considerar que la solicitud de juicio político presentada en contra del presidente de la República es inadmisible por no cumplir con los requisitos contemplados en la Constitución y la LOGJCC.

El SIGUIENTE PASO

El siguiente paso, tras el fallo de los magistrados, es que el expediente volverá a la Asamblea para que su titular, Virgilio Saquicela lo remita a la Comisión de Fiscalización para la respectiva sustanciación del juicio político al Presidente.

Esta mesa tiene un plazo de 30 días para presentar un informe que deberá recomendar o no el enjuiciamiento a Lasso. De sugerirse un juicio, se otorgará diez días al Presidente para que ejerza su derecho a la defensa, otros diez días para la actuación de pruebas, y diez días adicionales para la elaboración del informe. Con ese informe, Saquicela tiene hasta cinco días para convocar al Pleno para el enjuiciamiento.

En esa sesión, los interpelantes tendrán dos horas para la acusación, y Lasso tres horas para defenderse; luego cada parte podrá ejercer su derecho a la réplica por una hora.

Luego iniciará el debate en el Pleno, donde podrán intervenir los 137 asambleístas por diez minutos. Para la aprobación de la moción de censura se requiere el voto de una mayoría calificada de los integrantes de la Asamblea, es decir, 92 votos.

La Comisión de Fiscalización está conformada así: Fernando Villavicencio, Luis Segovia, Marco Troya, Ramiro Velasco (Independientes), Gabriela Molina, Comps Córdova, Roberto Cuero (UNES), Ana Belén Cordero (CREO), Pablo Muentes (PSC).

LOS ANTECEDENTES

La decisión adoptada la noche de este, 29 de marzo de 2023, se produjo después de que el 27 de marzo, en la Corte Constitucional (CC) no hubo los seis votos necesarios (mayoría calificada) para aprobar un proyecto de dictamen que presentó la jueza Teresa Nuques, quien recomendó que se inadmita el juicio político al presidente.

En esa ocasión, la moción de Nuques tuvo el respaldo de sus colegas Enrique Herrería y Carmen Corral. Los votos en contra provinieron de Alí Lozada, Alejandra Cárdenas, Karla Andrade, Richard Ortiz, Daniela Salazar y Joel Escudero.

Es por ello, que, amparados en el artículo 38 inciso final del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la CC, los jueces realizaron, ese mismo día, un resorteo y se designó como ponente al juez Richard Ortiz.

El artículo 38 de dicho Reglamento señala que “cuando los votos a favor del proyecto no sean suficientes para su aprobación, el Pleno sorteará, en la misma sesión, por medio del sistema automatizado, un nuevo juez sustanciador entre aquellos que votaron en contra del proyecto para que presente un nuevo proyecto en el que se argumente la tesis de la mayoría y que será sometido nuevamente a consideración del Pleno”.

En la misma sesión, los magistrados invocaron el artículo 195 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y se asignó a Alí Lozada, como segundo ponente. (SC)

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