La ley de uso legítimo de la fuerza por sí sola no acabará con la inseguridad

Normativa. Con 104 votos se aprobó la nueva ley. Ahora se espera el pronunciamiento del Ejecutivo.
Normativa. Con 104 votos se aprobó la nueva ley. Ahora se espera el pronunciamiento del Ejecutivo.

La Asamblea aprobó el proyecto de Ley que regulará la fuerza progresiva de las instituciones armadas. Expertos sostienen que, por sí misma, no es la solución a la inseguridad.

La tarde de este miércoles 7 de junio de 2022, entre aplausos, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica que regula el uso legítimo de la fuerza.

Fue una noche de festejos. En realidad, se pudo adivinar que iba a ser un logro del Legislativo desde que, en horas de la mañana, el presidente de la nueva mayoría, Virgilio Saquicela, y el asambleísta Luis Almeida (PSC) bailaron con danzantes del cantón Pedro Moncayo.

En las más de 40 intervenciones de los legisladores se repitió varias veces que esta era “una deuda con la ciudadanía” y que votar a favor de la normativa era votar por “la lucha contra la delincuencia y el narcotráfico”.

Con 104 votos se aprobó la ley. Desde el aparente regreso a la calma del Legislativo no se había visto esa unidad entre bandos contrarios.

El momento más tenso de la jornada fue impuesto por Pachakutik, cuando sus representantes pidieron que se voten los artículos 23, 24 y 25 por separado.  Dichos apartados tratan de la discrecionalidad de la fuerza pública para controlar las protestas sociales.

Hubo pausas y grupos arrinconados en las esquinas redondas de la Sala Nela Martínez en las que los legisladores preparaban sus argumentos. Parecía que no se daría paso a la norma. Pero, al final, la mayoría se unió para dar el sí a la Ley y desestimar el pedido de Pachakutik.

Lo que se viene

El Ejecutivo tiene 30 días para aprobar o vetar la Ley que se aprobó con 104 votos en el Pleno de la Asamblea..

Para el exdirector de Inteligencia y Master en Seguridad y Desarrollo, Mario Pazmiño, esta es la oportunidad del Gobierno de ajustar las tuercas al proyecto: “La ley se quedó corta. Debieron y deberían incluir al cuerpo de vigilancia aduanero que viene haciendo importantes incautaciones de drogas, decomisos de armas, operaciones en pasos fronterizos y no tiene un marco legal para hacer el uso de los revólveres que tiene. No me parece justo y deberían incorporarlo porque, al ser una institución armada, tiene derecho”.

A pesar de esto, Pazmiño cree que es un gran avance, porque la Ley es un respaldo jurídico para las entidades y los miembros que trabajan en seguridad.

Para el Coronel en Servicio Pasivo, Mario Carrillo, es una herramienta que va a servir en la lucha contra la delincuencia, siempre y cuando venga acompañada de políticas públicas, legales, recursos económicos del Estado y capacitaciones a los guardianes de la seguridad.

“Hay que entender algo, esto no es un cheque en blanco para la fuerza pública”, recalca Carrillo, quien cree que para avanzar en temas de seguridad se necesita el involucramiento de otras autoridades, como las locales. “El Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD) exige también a los municipios que trabajen en tema de seguridad, sino ¿a dónde van las tasas de seguridad de los municipios?”, se cuestiona Carrillo.

Para el consultor en Seguridad Ciudadana, Ricardo Camacho, la Ley es un avance y es positivo para el país, porque pone las reglas del juego claras para el trabajo policial y de los militares. Sin embargo, también cree que, por sí sola, la Ley no hará un gran cambio a problemas más estructurales que causan la delincuencia. “El arma de fuego es el último recurso” recuerda el experto en seguridad.

Pazmiño, por su parte, advierte que “si la Policía Nacional no tiene entrenamientos adecuados tendremos un problema más grave”. Los tres expertos coinciden en que este es el inicio, pero que ahora las instituciones de seguridad deben enfocarse en la capacitación. (GVL)

Niveles de fuerza

El artículo 13 de la nueva Ley deja en claro cuál es la escalada de la fuerza de los servidores de las entidades reguladas por la ley:

  1. Presencia: Demostración de autoridad con técnica de contacto visual.
  2. Verbalización: Técnicas de comunicación.
  3. Control físico: Neutralización a través de técnicas de defensa personal.
  4. Técnicas defensivas menos letales: Uso de armas y munición menos letal y medios logísticos o tecnológicos menos letales con el fin de neutralizar resistencia violenta.
  5. Fuerza potencialmente letal: Uso de armas de fuego con munición letal a efecto de neutralizar la actuación antijurídica violenta.
  6. Fuerza intencionalmente letal: Es el uso de armas de fuego con munición letal ante una amenaza inminente de muerte de terceras personas o del agente.

La Ley norma el uso legítimo y excepcional de la fuerza por parte de servidores de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria.