Ley de Defensa de la Dolarización tiene vía libre para tratarse en la Asamblea

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El Consejo Administrativo de la Asamblea (CAL) aprobó que se tramite la Ley de Defensa de la Dolarización en la Comisión de Régimen Económico.

La tercera fue la vencida. La mañana del 29 de marzo 2021, el Consejo de Administración Legislativa (CAL), luego de dos rechazos previos, aprobó que se dé paso al trámite de la Ley de Defensa de la Dolarización.

Con seis votos a favor y una abstención, se decidió que el proyecto sea procesado y discutido, en primera instancia en la Comisión de Régimen Económico. Patricio Donoso, vicepresidente de la Asamblea y miembro del CAL, aseveró que la decisión fue posible gracias a que “se disiparon las dudas”, sobre todo con respecto a la constitucionalidad del proyecto.

“En la comisión deberán propiciar el debate más amplio posible, con actores del sector público y privado, además de representantes de la sociedad civil”, acotó. Los plazos son muy cortos porque la ley fue enviada por el Ejecutivo con carácter de económica urgente.

Es decir que en solo 30 días se debe discutir en la comisión; elaborar un primer informe para el debate inicial en el pleno de la Asamblea; elaborar un segundo informe en la comisión y hace un segundo debate definitivo otra vez en el pleno.

Mauricio Pozo, ministro de Economía, aseguró que se han hecho acercamientos con todos los bloques legislativos, con miras a lograr los 70 votos mínimos necesarios para que se apruebe el proyecto. De esa aprobación, depende la llegada de $450 millones de un desembolso del Fondo Monetario Internacional (FMI).

“Las mesas técnicas que se hicieron en las últimas semanas sirvieron para pulir temas legales y aclarar dudas con abogados de todos los sectores de la Asamblea!, aseguró.
Entre los cambios sustanciales con respecto a las otras versiones de la Ley de Defensa de la Dolarización, el Ministro resaltó que se establecen claramente los mecanismos para que los legisladores puedan remover a los miembros de la Junta de Regulación Monetaria, que es como se denomina en la normativa al directorio del Banco Central del Ecuador (BCE).