El Ejecutivo también solicitó a la Corte «inhibirse de conocer y por consiguiente rechazar y devolver a la Asamblea Nacional el texto de la objeción parcial».
Fabián Pozo, secretario jurídico de la Presidencia comunicó, hoy 8 de abril de 2022, al pleno de la Corte Constitucional (CC) que la objeción presentada por Guillermo Lasso, presidente de la República, al proyecto de Ley Orgánica que garantiza la interrupción voluntaria del embarazo para niñas, adolescentes y mujeres en caso de violación, no es una objeción por inconstitucionalidad, sino una objeción parcial. Así, el régimen dio respuesta a lo solicitado por los jueces de la Corte.
COMUNICADO OFICIAL | Se determinó y especificó a la Corte Constitucional que la objeción presentada al proyecto de ley de interrupción del embarazo en caso de violación no es una objeción por incostitucionalidad, sino una objeción parcial. pic.twitter.com/ILUIlS4r4m
— Comunicación Ecuador (@ComunicacionEc) April 8, 2022
Pozo aclaró que al tratarse de una objeción parcial, conforme al artículo 138 de la Constitución, el jefe de Estado ha propuesto textos alternativos a los artículos objetados, lo que no es posible en el caso de las objeciones por constitucionalidad. En tal caso, el procedimiento a seguirse es distinto, expuso el funcionario.
Además, solicitó a la Corte inhibirse de conocer y “consecuentemente rechazar y devolver a la Asamblea Nacional el texto de la objeción parcial correspondiente al proyecto de ley a fin de que continúe con el procedimiento previsto en el artículo 138 de la Constitución cuyos plazos siguen en curso”.