La Ley Orgánica de Educación Intercultural incluye la prevención de la violencia sexual en las aulas

PREVENCIÓN. La Ley Orgánica de Educación Intercultural también abarca temas de violencia y abuso sexual de aplicación inmediata.
PREVENCIÓN. La Ley Orgánica de Educación Intercultural también abarca temas de violencia y abuso sexual de aplicación inmediata.

La ley deberá entrar en vigencia de forma inmediata. En siete años, más de 28.000 menores han sufrido violencia en las aulas. ¿Cómo influye esta Ley?

Desde 2014, en Ecuador se han registrado 28.154 casos de violencia sexual en las aulas.

Es ante esta problemática que Andrés Quishpe, coordinador nacional de la Unión Nacional de Educadores (UNE), destaca que la Corte Constitucional (CC) haya dado paso a las reformas de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) – salvo en dos artículos que la Asamblea Nacional deberá volver a debatir– .

Con él coincide Alba Salgado, sicóloga educativa, que detalla que destaca que Ecuador no ha unificado un protocolo de actuación ante violencia sexual en el sistema educativo.

“El artículo 63 de la LOEI dicta la obligatoriedad de todos los integrantes de la comunidad educativa que, de tener conocimiento de un acto de vulneración de derechos contra los estudiantes u otro miembro, denunciarlo, en el plazo máximo de 48 horas”, destaca.

Capacitación docente

Quishpe añade que la LOEI busca no solo judicializar estos casos, sino que la LOEI tiene un carácter preventivo, por lo que las carreras universitarias de educación deberán reformar y actualizar sus mallas curriculares “para generar contenidos sobre la prevención del acoso”.

Esto será a través materias como prevención de la violencia, salud mental y enfoque de género.

 También se debe capacitar a los decentes sobre cómo actuar ante esta problemática y las sanciones que se podría enfrentar.

Formas de violencia

La LOEI reconoce las distintas formas en las que se manifiesta la violencia: física, psicoemocional, simbólica, sexual, social, de género, a través de medios digitales o cibernéticos.

Y detalla que se puede sancionar ya sea que pasen dentro o fuera de la institución.

Por tanto, el acoso escolar también está tipificado y lo describe como toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento, directa o indirecta, repetitiva que provoque maltrato, humillación, exclusión, burla o cualquier otra afectación a la dignidad.

Sybel Martínez, vicepresidenta del Consejo de Protección de Derechos de Quito, dice que la norma tiene enfoques bien estructurados con estándares mínimos que todos los colegios deberían cumplir.

Uno de los aspectos que se destaca, detalla, es que las instituciones deben  realizar un levantamiento de mapeos de riesgos de violencia en las instituciones educativas lo que permite medir los índices de violencia.

Vigencia de las reformas

Según la sentencia de la Corte Constitucional se pone en vigencia la ley con excepción de los artículos observados.

Desde la Asamblea Nacional se informó que “está lista para ser registrada” aunque no hay una fecha concreta.

A esto se sumarán otros apartados de la ley como:

  • Eliminar el bachillerato general unificado (vigente desde 2011)y establecer un sistema por especialidad, dividido en tres: ciencias, técnico y artes.
  • Estructurar un plan de reincorporación para estudiantes que por la pandemia dejaron el sistema de educación. Se estima que 90.000 menores desertaron.
  • 26 unidades educativas de las Fuerzas Armadas y de la Policía regresarán a ser parte del sistema fiscomisional. O sea que se financiarán con asignaciones del Presupuesto General del Estado y con el cobro de matrículas y de pensiones de sus estudiantes.

Un plan contra la impunidad en las escuelas

Datos de la Contraloría General del Estado detallan que al estudiar 1.182 casos de violencia en las aulas, menos del 50% terminaron en la destitución de los abusadores, algunos recibieron una suspensión temporal de labores, otros casos prescribieron, se archivaron o constituyeron solo una amonestación verbal.

Mientras que de 539 denuncias que llegaron a la Fiscalía a penas 16 terminaron en sentencia judicial.

Ante esto, la LOEI se alinea con la sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo a Ecuador en el caso de negligencia en el ámbito escolar y judicial de Paola Guzmán.

Y de la cual quedan apartados por cumplir, mismos que buscan crear una política pública para evitar la impunidad en las aulas – como ha venido sucediendo– según los propios datos del informe de la Contraloría.

La Secretaría de Derechos Humanos informó que Ecuador ha entregado tres informes de los avances de cumplimiento.

Por el momento, el Estado ha cumplido con realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad, y designar el 14 de agosto como el Día oficial de lucha contra la violencia sexual en las aulas.

Lo que queda por acatar es:

  • Generar estadísticas permanentes y actualizadas sobre situaciones de violencia sexual contra niñas o niños en el ámbito educativo.
  • La detección y denuncia de casos de violencia sexual contra niñas o niños.
  • Realizar capacitaciones de personal educacional para abordar y prevenir situaciones de violencia sexual.
  • Proveer orientación, asistencia y atención a las víctimas de violencia sexual y/o a sus familiares.