La Ley de Extinción de Dominio todavía no se aplica

Rntre los "puntos calientes" de minería ilegal figuran zonas de la Amazonía, de la provincia costera de Esmeraldas (fronteriza con Colombia), así como en el sur del país (Puyango-Túmbes, Catamayo-Chira)

La normativa con la que Ecuador cuenta desde 2021 para recaudar el dinero ilícito no se aplica por falta de unidades especializadas.

Los medicamentos falsificados mueven $200 mil millones, la prostitución $186 mil millones, los productos electrónicos falsificados $169 mil millones y el narcotráfico más de $90 mil millones en América y Ecuador, según la página Havocscope, especializada en compartir información sobre el mercado negro global.

El comercio ilegal del crimen organizado mueve entre 1,6 y 2,2 billones de dólares a escala mundial, de acuerdo con un estudio de Global Financial Integrity.

En 2011, la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Undoc) propuso a los países de Latinoamérica instaurar una Ley de Extinción de Dominio, que implicaría toda una normativa que pueda retener el dinero de origen ilícito de manera rápida y así luchar contra el poder económico del crimen organizado. Ya lo ha implementado México, Guatemala, Colombia y, en 2021, Ecuador.

En el país,   se aprobó el 23 de abril de 2021. Fue difícil la socialización del proceso, según Anabel Guerrero, abogada y parte de la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social de la Asamblea anterior, quien presentó la Ley ante el Pleno.

¿Qué se ha logrado con la Ley?

En Ecuador, nada. En Guatemala, en los tres primeros años de su aplicación, con la Ley de Extinción de Dominio se incautaron alrededor de $3,2 millones en activos, según el diario La Hora de Guatemala.

Para implementar la Ley en Ecuador se necesita que haya jueces especializados en anticorrupción y crimen organizado, que la Procuraduría tenga una unidad que trabaje solo este tipo de delitos, ya que son ellos los que deben hacer las acusaciones particulares y que la Fiscalía también tenga un departamento para este tipo de investigaciones.

La abogada Anabel Guerrero cree que lo principal es entender que el objetivo la Ley de Extinción de Dominio es retener el dinero de origen ilícito.

Lento avance

De las instituciones involucradas, la Fiscalía tiene el check. Es decir, ya ha creado la Unidad de Extinción de Dominio con sus agentes capacitados. Pese a ello, no puede empezar a trabajar mientras no existan los jueces anticorrupción, los cuales deben ser designados por el Consejo de la Judicatura (CJ).

El Consejo de la Judicatura confirmó a La Hora que en noviembre de 2021, ya se determinó el reglamento para el concurso de jueces y que a principios de este año se reformaron dos artículos del reglamento. A mediados de marzo, con la resolución 065-2022, el CJ definió en instructivo en el que se especifican los requisitos y las fases del proceso con el que se escogerán 14 jueces especializados en delitos de corrupción y crimen organizado.

La trata de personas cuesta $150.2 mil millones. Foto: humanium.org
La trata de personas cuesta $150.2 mil millones. Foto: humanium.org

A la espera del concurso

Por el lado de la Procuraduría se informó que están avanzando para la conformación del departamento que se encargará de seguir las acusaciones particulares.

Toda Ley tiene su reglamento y es el Ejecutivo quien lo emite. En este caso, todavía no se ha pronunciado sobre el tema.

La Asamblea Nacional también tiene un rol importante. Entre sus funciones, tiene la potestad de hacer seguimiento a las leyes que ha emitido y comprobar su aplicación.

El director de la Unidad Técnica Legislativa, Paulo César Gaibor, dijo a La Hora que existen dos etapas: el seguimiento a la norma y el de evaluación. La Ley de Extinción de Dominio está en proceso de seguimiento para que las instituciones preparen el terreno para ponerla en marcha. (GVL)

¿Cómo funcionará el proceso?

Cuando todas las partes estén listas, el país podría comenzar a capturar el dinero ilegal.

La aplicación de la Ley tiene dos etapas: la primera es la de investigación, esto lo debería realizar Fiscalía a partir de una denuncia de oficio y hasta por noticias en medios de comunicación. En cualquier situación que haya dudas sobre el origen de dinero o bienes, la Fiscalía puede actuar.

Si se encuentran los elementos suficientes, pasaría a manos de la Procuraduría, que deberá hacer las acusaciones formales sobre la ilegalidad de los bienes.

Esta denuncia pasaría, a su vez, a manos de los jueces especializados en este tipo de delitos. Ellos serán los encargados de emitir una sentencia que de ser acusatoria se procedería con la retención del dinero o bienes que irían inmediatamente a manos del Estado.

Según el artículo 72 de la Ley, lo recaudado tendrá que ir a “ programas destinados a desarrollo infantil integral con énfasis en primera infancia y erradicación de trabajo infantil”

Según el artículo 19 de la Ley de Extinción de Dominio se puede aplicar cuando los bienes:

a). Tengan origen, directo o indirecto, de una actividad ilícita.

b). Correspondan al objeto material de la actividad ilícita.

c). Provengan de la transformación o conversión parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de actividades ilícitas.

d). Formen parte o constituyan un incremento sin sustento en su patrimonio,

e). Hayan sido utilizados como medio o instrumento para la ejecución de actividades ilícitas.

f). Según las circunstancias en que fueron hallados permitan establecer que tienen relación con actividades ilícitas

g). Sean de origen lícito material o jurídicamente confundidos con origen ilícito

h). Constituyan ingresos derivados de bienes anteriores relacionados con actividades ilícitas

i). Hayan sido abandonados luego de cometer actividades ilícitas y no pertenezcan a un tercero de buena fe

j). Sean heredados, producto de una actividad ilícita

k). Provengan de enajenación o permuta de otros que, se presumen de origen ilícito

l). Sean de propiedad de una sociedad establecida en un paraíso fiscal.