Cinco asambleístas apoyaron la aprobación del informe que recomienda al Pleno de la Asamblea Nacional el enjuiciamiento político a Juan Esteban Guarderas, en su calidad de consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, por supuesto incumplimiento de sus funciones.
La moción fue presentada por la asambleísta de la Revolución Ciudadana, Sofía Espín, para aprobar el informe en la Comisión de Fiscalización, la mañana de este 22 de diciembre de 2024.
El informe recomendó continuar con el juicio político en contra de Guarderas en el Pleno. Quienes votaron a favor fueron los asambleístas correístas Pamela Aguirre, Lenin Barrero, Sofía Espín y Ronald González. A los que se sumó Cristina Chávez, la actual legisladora fue alterna de César Umajinga, legislador alineado a ADN.
Andrea González y Ramiro Vela votaron en contra, Lenin Rogel en abstención y Adriana García no se encontraba en la sala virtual de la sesión.
“Esto irá inmediatamente al Pleno de la Asamblea Nacional. Dispongo que envíe todos los documentos de la manera más ágil posible para que hoy mismo la presidenta de la Asamblea tenga toda la documentación en sus manos”, pronunció Aguirre, presidenta de Fiscalización.
Aprovechó para señalar que asambleístas de la Comisión “han recibido amenazas” para que voten en contra del informe. También recordó que Guarderas, durante el proceso, presentó dos acciones de protección en su contra y una denuncia ante el Tribunal Contencioso Electoral.
Conclusiones del informe que recomienda el enjuiciamiento
El juicio político contra Guareras fue propuesto por la legisladora correísta Ana Herrera por tres supuestas causales, según consta en el informe.
Violación del deber de reserva y protección al denunciante: Herrera acusó que Guarderas recibió una denuncia por parte del colectivo Calderón – Fernando Villavicencio en contra de la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Diana Atamaint. Y que con base a esa denuncia Guarderas presentó una queja, ante el Tribunal Contencioso Electoral, en contra de Atamaint.
Con lo que habría inobservado el artículo 14 y artículo 43, numeral 2, de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). Estos se refieren a la reserva y protección de la o el denunciante, así como guardar reserva sobre las investigaciones que realice por el Cpccs. Guarderas dijo que el documento no calificó como denuncia, ya que no superó la fase de admisión en el Cpccs. La Comisión determinó que Guarderas si incumplió dichos artículos.
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Presunto tráfico de influencias y violación a la independencia judicial: Herrera señala que dentro del proceso contravencional Nro. 17294-2023-00487, seguido por Marco Vinicio Tutasi Paz y Miño en contra de Guarderas, “el abogado del denunciante habría presentado un escrito en el cual acusa que vocales del Consejo de la Judicatura habrían estado interfiriendo en dicho proceso contravencional a favor de Esteban Guarderas”. En dicho proceso judicial, se ratificó el estado de inocencia de Guarderas, por lo que para Herrera “existirían elementos fácticos para la denuncia presentada por el abogado del denunciante sobre un presunto tráfico de influencias”.
Guarderas alegó la presunción de inocencia como derecho constitucional e indicó que establecer el cometimiento de un delito es atribución de la Fiscalía General del Estado.
Presunta falsificación de firma: Herrera argumentó que Guarderas presentó una denuncia en contra de Verónica Abad, vicepresidenta de la República, ante el Tribunal Contencioso Electoral, por “precampaña” en las elecciones seccionales de 2023. Guarderas habría presentado un escrito firmado por el abogado Ronald Morocho, sin que este autorice presentar un nuevo escrito ni que lo haya firmado. Guarderas manifestó que los escritos presentados a nombre del abogado Morocho, dentro de la causa, son de su autoría.
Respecto al segundo y tercer cargo, la Comisión concluyó en el informe que Guarderas incumplió las funciones que le asigna la Constitución, específicamente el artículo 83, numeral 17. Esta norma establece que son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos el “participar en la vida política, cívica y comunitaria del país, de manera honesta y transparente”. (KSQ)
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