En el Cpccs hay álgidas disputas por el reglamento para elegir al nuevo fiscal general del Estado que reemplazará a Diana Salazar en abril de 2025. Esta semana se aprobaría el reglamento.
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) entra a una semana crucial dentro del proceso para la designación del nuevo fiscal general del Estado que reemplazará en funciones a Diana Salazar en abril de 2025.
Para este 27 de agosto de 2024 está previsto que los consejeros o sus delegados se reúnan en una mesa técnica para aprobar un borrador de reglamento propuesto por el vocal Augusto Verduga sobre la base de aportes realizados por sus colegas del Pleno. Las observaciones al documento debían ser remitidas a la coordinación de Asesoría Jurídica hasta el pasado viernes 23 de agosto.
Con estos insumos, la Coordinación Jurídica deberá entregar a los despachos de los consejeros, hasta el 29 de agosto, “de manera improrrogable” un informe de factibilidad que incluirá un análisis sobre si el documento propuesto por Verduga violenta alguna norma constitucional.
Luego, este informe será puesto a consideración del pleno para su aprobación, en una sesión extraordinaria, el viernes 30 de agosto.
Hasta el último jueves, varios consejeros enviaron observaciones al reglamento planteado por Augusto Verduga. El vocal Juan Esteban Guarderas cuestiona esta iniciativa porque, según su criterio, el artículo 16 del reglamento relacionado con la probidad notoria permitiría que haya narco postulantes a ocupar el cargo.
Andrés Fantoni: “Concuerdo en ese contexto con el consejero Guarderas”
“Yo concuerdo al cien por ciento en ese contexto con el consejero Guarderas”, dijo el presidente del Cpccs, Andrés Fantoni. Resaltó que la probidad es totalmente relevante y necesaria porque las autoridades de control deben ser intachables. “La probidad es que no tenga acusaciones o presunciones de algún tipo mínimo de acto de corrupción; en este país necesitamos de autoridades con independencia”, subrayó.
Observaciones de Nicole Bonifaz
La consejera Nicole Bonifaz sugiere que, en el artículo 16 del reglamento borrador que habla de los “requisitos y prohibiciones de los postulantes” relativos con la probidad notoria, se califique también, como falta de probidad, que no puedan postular al cargo quienes hayan tenido sentencia ejecutoriada, quienes hayan sido llamados a juicio por algún delito penal, o quienes tengan una sentencia administrativa civil sancionatoria.
También plantea que, dentro de las etapas del proceso, debe incluirse la prueba oral porque la persona que estará al frente de la institución debe saber litigar. En su propuesta de reglamento, Verduga no incluyó este examen.
Bonifaz plantea que la prueba escrita sea calificada sobre 45, y la oral, sobre 5 puntos.
Apoyo internacional
El 23 de agosto, Guarderas anunció que recibió de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y de las embajadas de la Unión Europea (UE), y de los Estados Unidos, insumos de lo que debería contener el reglamento para el concurso. El 11 de julio de 2024, el vocal solicitó a estos organismos que les provean de un modelo de reglamento con base en los siguientes parámetros:
+ Etapas del concurso que minimicen la interferencia de intereses irregulares e impida la interposición de acciones tendentes a sabotear la independencia y buen desarrollo del proceso.
+ Establecimiento de mecanismos de transparencia que supervisen la legalidad y neutralidad del concurso, tales como veedurías por expertos internacionales.
+ Matriz de calificaciones y parámetros que garanticen la integridad institucional y democrática de la fiscalía.
+ Medidas de seguridad que impidan el amedrentamiento, amenazas y/o actos de violencia contra postulantes y funcionarios, tales como anonimato de carpetas de postulantes. (SC)
El fiscal debe acreditar, necesariamente, experiencia en la rama penal
La exfiscal general, Mariana Yépez, dijo que la probidad notoria no solo se justifica cuando no se tiene sentencia ejecutoriada, sino que es toda una conducta de carácter profesional y social. “Es gravísimo que (en el Cpccs) se piense que solo puede ser calificado un candidato que está sometido a investigación; esto es gravísimo, lo que quizá pretenden es facilitar el acceso a personas que están sometidas a investigación”, dijo.
Consideró que el fiscal que sea designado debe acreditar necesariamente experiencia en la rama penal. Tiene que ser un abogado que haya ejercido la profesión de forma correcta, planteó la exfiscal. “Ahora hay varios ejemplos de incorrección en el ejercicio de la profesión; muchos están involucrados con narcotraficantes aprovechándose del ejercicio de la profesión”, lamentó Yépez.
El perfil del candidato: abogado, especialista en criminología, derechos humanos, derecho procesal y penal, no tener vinculación política.
Fases del concurso: Admisibilidad, méritos, oposición (prueba oral y escrita), impugnación ciudadana, acción afirmativa, y designación.