La extradición de criminales es una de las apuestas para la consulta popular

Diplomacia. En la Cancillería se sostiene que la implementación de la figura de extradición no violentaría compromisos internacionales
Diplomacia. En la Cancillería se sostiene que la implementación de la figura de extradición no violentaría compromisos internacionales

Ecuador ha ratificado tratados de extradición con al menos 20 Estados.

Mientras la Corte Constitucional (CC) emite una resolución sobre la propuesta de consulta popular planteada el 12 de septiembre de 2022 por  el presidente Guillermo Lasso, en el país se debate sobre la posibilidad de extraditar a ecuatorianos.

“La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución”.   Esta es la segunda pregunta que plantea el Ejecutivo.

Karen Sichel, secretaria jurídica de la Presidencia de la República, defendió esta posibilidad, y dijo que la extradición es una herramienta  para la lucha contra el crimen organizado.

Argumentó que Ecuador ha ratificado (tratados de extradición) con al menos 20 Estados (España, Papúa Nueva Guinea, Chile, Estados Unidos, Bélgica, Gran Bretaña, Suiza, Colombia, Bahamas, Brasil, Canadá, Pakistán, Uganda, Tanzania, Suazilandia, Kenia, México, Perú, Francia y Australia).

Mencionó que, en base a información requerida al Ministerio de Relaciones Exteriores, “la implementación de la figura de la extradición no violentaría compromisos internacionales existentes, siempre que se cumpla lo establecido en las convenciones de extradición en los que Ecuador es parte”.

¿Cuáles son los requisitos para que proceda con la extradición? La extradición regulada de forma general prevé diferentes exigencias para que ésta proceda según con las circunstancias vinculadas al cometimiento del delito.

Entre ellos, que el delito que motiva la extradición haya sido cometido en el territorio del Estado requirente, que el delito por el cual se solicitó se cometió fuera del territorio del Estado requirente, que el delito por el que se solicita la extradición esté previamente recogido por la legislación tanto del Estado requirente como del requerido. Otra exigencia es que el delito tenga una pena mínima de años tanto en el Estado requirente como requerido.

El  Consejo de Seguridad Pública (Cosepe) elevó al narcotráfico como amenaza a la seguridad del Estado, lo que obliga a las instituciones a reorientar sus acciones. (SC)