Elecciones 2025: Jan Topic y SUMA se quedan sin reemplazo para candidato a la presidencia de la República

Antonio García ya no reemplazará a Jan Topic como candidato a la presidencia luego del que TCE aceptara negar la inscripción de Topic. Según fuentes en SUMA, en nuevo candidato presentaba riesgos.

La tarde de este domingo el partido político SUMA confirmó que Antonio García como remplazo de Jan Topic. En horas de la noche, cambiaron su decisión, ya que, según fuentes, el nuevo candidato presentaba riesgos, por lo que lo dejarán de lado y buscaran a otra persona.

Antonio García es abogado y consultor político con experiencia en el sector privado y público.

Destacó en la definición de
estrategias efectivas y en gestión de equipos.

Su último cargo político fue del 2013 al 2015 como Secretario Nacional de la Administración Pública.

Esto, luego de que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió aceptar el 10 de noviembre de 2024, los recursos contenciosos electorales interpuestos por el Partido Sociedad Patriótica, y el Movimiento Pachakutik, y negó la calificación e inscripción de la candidatura a la presidencia de la República, de Jan Tomislav Topic para las elecciones de febrero de 2025.

El TCE, con los votos de los jueces Ángel Torres, Ivonne Coloma, Guillermo Ortega, y Joaquín Viteri, dispuso al Consejo Nacional Electoral que conceda el plazo legalmente dispuesto para que el Partido Sociedad Unida Más Acción, (SUMA), Lista 23, inscriba al reemplazo del candidato a la Presidencia de la República rechazado. El voto en contra de dejar a Topic fuera de las elecciones provino del juez Fernando Muñoz. 

Ángel Torres, juez sustanciador a cargo de elaborar el proyecto de sentencia, señaló que Topic incurrió en la prohibición del artículo 113, numeral 1 de la Constitución, y del artículo 96.1 del Código de la Democracia, que señala: «Quienes al inscribir su candidatura (a partir del 2 de octubre de 2024) tengan contrato con el Estado, como personas naturales o como representantes o apoderados de personas jurídicas, siempre que el contrato se haya celebrado para la ejecución de obra pública, prestación de servicio público o explotación de recursos naturales».

«La candidatura (de Topic) está proscrita por la prohibición establecida en la Constitución y en el Código de la Democracia a pesar de que se hayan realizado transferencia de acciones a familiares y cambios en la estructura formal de las empresas vinculadas a contratos con el Estado», también señaló Torres en su ponencia.

Agregó que los documentos remitidos por las distintas autoridades de control demuestran que sigue manteniendo un control efectivo sobre empresas que tienen contratos con el Estado; este control, ejercido a través de su influencia, decisiones y participación en actividades relacionadas con contratos públicos, e infringe la normativa que impide que las personas con vínculos contractuales vigentes con el Estado se postulen a cargos de elección popular.

«Este tribunal concluye que la candidatura de Jan Topic incurre en la prohibición constitucional por lo que no puede ser aceptada ya que no ha logrado desvincularse adecuadamente de los contratos con el Estado y continúa siendo el beneficiario de las empresas involucradas».

Para el juez Torres, esta decisión busca asegurar que el proceso electoral sea justo y transparente y que los electores puedan confiar en que los candidatos cumplen con toda la normativa de participación para las elecciones.

En su fallo, los jueces pidieron al secretario general del TCE que, una vez ejecutoriada la sentencia, se disponga el archivo de la causa y se remita copias a la Contraloría General del Estado (CGE).

Además, se declaró la confidencialidad y reserva de la información contenida en el expediente electoral remitida al Servicio de Rentas Internas (SRI) y a la Superintendencia de Bancos (SB).

En octubre, el Partido Sociedad Patriótica (PSP) y el movimiento Pachakutik (PK), a través de sus representantes legales, objetaron la inscripción de Topic al acusarlo de mantener representación legal con compañías que tienen contratos con el Estado para la prestación de un servicio público, lo cual lo haría inelegible para participar en el proceso electoral de febrero de 2025, de acuerdo al Código de la Democracia.

Como parte de su derecho a la defensa que también dio lectura el juez Ángel Torres,  Topic aseguró que no incurrió en ninguna inhabilidad prevista en la Constitución y en el Código de la Democracia, y adujo que los recursos presentados en su contra vulneran sus derechos de participación política.

El Movimiento SUMA también se quedó sin candidatos a la Asamblea Nacional por la circunscripción especial de Latinoamérica, de acuerdo con un fallo adoptado por el TCE, con cuatro votos a favor, en la misma sesión extraordinaria de hoy del TCE. (SC)