Los medios públicos que plantea el correísmo pueden crear un estado de propaganda

El mayor temor de expertos es que los medios públicos sean altoparlantes ideológicos de quien ejerce el poder. (Pexels)
El mayor temor de expertos es que los medios públicos sean altoparlantes ideológicos de quien ejerce el poder. (Pexels)

Los GAD están integrados por 221 alcaldías, 23 prefecturas, 864 concejalías urbanas, 443 concejalías rurales, y 800 juntas parroquiales.

 El proyecto de Ley Orgánica de Comunicación (LOC) que impulsa el correísmo busca crear todo un aparataje de medios públicos y un consecuente estado de propaganda.  El artículo 83 de la reforma aprobada por la nueva mayoría de la Asamblea faculta a las funciones del Estado y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados  (GAD), a crear medios de comunicación públicos (radio, prensa y televisión), de carácter oficial.

Tendrán como objetivo principal -se recoge en la propuesta- difundir la posición oficial de la entidad pública que lo considere en relación a los asuntos de su competencia y los de interés general de la ciudadanía.

En el texto se agrega que los medios oficiales se financiarán exclusivamente con el presupuesto de la función o del GAD, y de los ingresos provenientes de la venta de publicidad o institución del sector público.

La iniciativa, aprobada el 21 de julio por la mayoría   liderada por los correistas agrupados en la bancada de la Unión por la Esperanza  (UNES), y sus aliados de un sector del movimientos Pachakutik (PK), de la Izquierda Democrática (ID), y algunos independientes, está en manos del presidente de la República, Guilermo Lasso, desde el 25 de julio. El jefe de Estado puede pronunciarse por un veto total o parcial.

Francisco Rocha, director de la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP), recordó que en 2013 ya se incluyó que, por ejemplo, algunas prefecturas o municipios tramiten en la dirección nacional de frecuencias un porcentaje del espectro radioeléctrico, pero ahora la intención es que los GAD puedan adquirir frecuencias.

Sin embargo, el cuestionamiento que se abre en esta ocasión es  si  los GAD ¿van a generar una propuesta pública, o lo público debe ser solamente del Estado central? ¿Se va a invertir para que en lugar de las obras,  se trabaje en virtud de los medios de comunicación que tengan los gobiernos seccionales?, cuestionó Rocha.

‘Altoparlantes ideológicos’

Rocha consideró que, con  la aprobación de la ley habrá una distorsión real de las funciones de los gobiernos seccionales, porque si van a servir como altoparlantes ideológicos de quien ejerce el poder no sería un medio público, sino un medio de organización política

Incluso advirtió que,  podría ser una forma de atacar a los medios privados, porque, como se dice en el proyecto de ley, es una manera  de garantizar la verdad de quien ejerce el Estado.

Medios legislativos

La Función Legislativa es un ejemplo de haber accedido a  la posibilidad de contar con medios incluso con repetidoras de radio y televisión. Francisco Rocha, también observó el número de personal que trabaja en esas áreas con salarios que no pueden ser cancelados fuera del presupuesto del Estado.

Para él, estas fórmulas de querer administrar el Estado llevan a otra interrogante. ¿Se ha realizado una real evaluación del rol que juegan las juntas parroquiales, los consejos provinciales, los municipios y  hacia dónde deben enfocar los recursos?

El director de la AEDEP atribuyó la incorporación del artículo 83 a este proyecto de Ley a que existen frecuencias privadas que ya cubren varias provincias.

Detalló que en Quito  ya no existen  espacios para frecuencias, por lo que la intención de este artículo  buscaría limitar  la entrega para los consabidos repartos.  “Eso  fraccionará y generará  un caos porque todo el mundo querrá  tener un medio de comunicación”, expresó.

¿Difusión de obras?

Rómulo Godoy, responsable de comunicación del Municipio del cantón Centinela del Cóndor (Zamora Chinchipe), calificó la propuesta como “positiva”, porque facilitará la difusión de las obras que deban realizar los GAD.

Incluso, a través de ordenanzas, se podría facilitar que los medios institucionales puedan prestar sus servicios como productos comunicacionales a través de tasas o tarifas, pero siempre y cuando los mensajes sean adecuados y dirigidos como un servicio a la ciudadanía o a los emprendedores.  El funcionario, sin embargo, reconoció que en ocasiones su uso ha sido político.  “Esto debe ser evitado”, señaló.

Para Godoy, los medios públicos, al igual que los privados, tienen la misma posibilidad de contratar con el Estado bajo las regulaciones de cada gobierno autónomo.

Pablo Jurado, prefecto de Imbabura, opinó que los medios públicos deben cumplir con el papel de educar, entretener e informar a la comunidad,  sin ideologizar el mensaje, ni volverse medios propagandísticos. (SC)

Tercera vía

Ante la  posibilidad de que el Presidente de la República se pronuncie por un veto total o parcial, también se abre la vía de una consulta a la Corte Constitucional.

Francisco Rocha explicó que antes de que el jefe de Estado envíe una objeción a la ley,  podría elevar una consulta a la Corte para que se pronuncie si los 55 artículos que constan en la reforma están apegados a la Constitución.

Frente a la alternativa de un veto parcial, y si la Asamblea llegase a ratificar el texto, los gremios podrían demandar la inconstitucionalidad de la ley, anticipó Rocha.

A criterio de Ana Belén Cordero (CREO), también cabe un veto parcial, aunque aclaró que la Ley no fue debatida por el Pleno debido a que se trataba de una propuesta de minoría.

Sobre la posibilidad de  un veto como lo anticipó Guillermo Lasso, Juan Cristóbal Lloret (UNES), señaló que su pronunciamiento fue apresurado a sabiendas de que él (Lasso) fue el proponente de la iniciativa.

 “Sí él propone un proyecto de ley, y la Asamblea ha pasado ocho meses debatiendo y recogiendo aportes de diferentes sectores, me parece que es un contrasentido que el Presidente anuncie un veto. Está en su legítimo derecho de poder vetar parcial o totalmente, sin embargo, al ser él mismo el proponente, su obligación sería corregir los textos. Ese sería un espíritu loable en el marco de lo que crea que se pueda mejorar de la Ley”, agregó Lloret.

El Presidente puede pronunciarse por un veto total o parcial. También puede elevar una consulta a la Corte Constitucional.