Denuncia puede no ser requisito para aborto por violación

El aborto por violación es legal en Ecuador desde abril de 2021.
El aborto por violación es legal en Ecuador desde abril de 2021 tras un dictamen constitucional.

Este es otro de los puntos del reglamento, además del tiempo de gestación que se modificó dos veces. El segundo debate se realizará el 25 de enero de 2022. 

El informe para segundo debate del reglamento para abortos en caso de violación está listo. «La propuesta prevé la atención integral para víctimas de violación y para la interrupción del embarazo producto de violación, que comprenderá la existencia de protocolos o guías clínicas basados en la evidencia científica (…)», señaló la Comisión de Justicia de la Asamblea.

Se prevé que el segundo debate se realice el 25 de enero de 2022. El informe ha sufrido cambios que han generado debates sociales. Por ejemplo, en una misma semana hubo cambios en los meses de gestación para acceder al aborto. Aunque este no es el único punto de debate.

Tiempo de gestación

Finalmente, la propuesta determina que en el caso de niñas y adolescentes menores de 18 años víctimas de violación, la interrupción voluntaria del embarazo se podrá realizar hasta la semana 22 de gestación. Mientras que en mujeres y personas gestantes de 18 años en adelante se podrá realizar hasta las 20 semanas de gestación; y, debido a la condición especial de personas con discapacidad mental víctimas de violación se observará lo dispuesto en la Guía de Práctica Clínica denominada “Atención del Aborto Terapéutico” expedido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador

En el mundo no existe una norma general sobre el tiempo en el que se puede acceder a un aborto. Y los colectivos feministas han calificado como limitante imponer plazos.

La denuncia no es un requisito

Las víctima de violencia sexual que elijan interrumpir su embarazo no deben presentar bajo ningún concepto una denuncia, examen o declaración previa.

El artículo 20 del reglamento es específico sobre los requisitos para el procedimientos y detalla que el único es llenar un formulario gratuito en la casa de salud; pero si la víctima tiene menos de 14 años, no debe hacerlo.

Objeción de conciencia

«El personal de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción voluntaria del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia«, detalla la Asamblea. Sin embargo, esta objeción se plantea como individual, es decir; que toda una institución de salud no puede declararse en objeción de conciencia para no atender abortos en casos de violación.   (AVV)

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