La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la sanción de 150 días que impuso el Ministerio de Trabajo, en noviembre pasado, a la vicepresidenta Verónica Abad.
La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del acuerdo ministerial del Ministerio del Trabajo, con el que se suspendió a la vicepresidenta Verónica Abad por 150 días.
El Ministerio de Trabajo sancionó, el pasado 8 de noviembre de 2024, con la suspensión temporal sin goce de remuneración por 150 días a la Vicepresidenta por una supuesta falta grave establecida en el artículo 48 literal b) de la Ley Orgánica del Servicio Público. Esto es el «Abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborables consecutivos”.
Esa resolución fue suscrita por Ruth Espinoza, directora de Recursos y Sumarios Administrativos del Servicio Público del Ministerio de Trabajo.
Con esta sanción se habría quedado fuera del cargo durante la campaña electoral. Pero eso no ha sucedido.
En la sentencia, los jueces decidieron que se aumente en las reglas ministeriales que están excluidos de la sanción administrativa los funcionarios públicos de elección popular. Y el caso fue devuelto a la Corte de Pichincha.
Por otro lado, la Corte Constitucional informó que está en proceso el caso de acción de protección pedido por Abad en contra del decreto con el Daniel Noboa posesionó, por segunda ocasión, a Cynthia Gellibert como Presidenta de la República encargada. Esto por una supuesta ausencia de Abad del cargo. (DLH)