La contratación por horas puede beneficiar a los jóvenes y a las microempresas en medio de un mercado laboral precarizado

SITUACIÓN. El mercado laboral ecuatoriano necesita cambios para dar respuesta a la población que se encuentra en el desempleo.
SITUACIÓN. El mercado laboral ecuatoriano necesita cambios para dar respuesta a la población que se encuentra en el desempleo.

Los sindicatos se cierran en una oposición total, pero hay voces que hablan de establecer un salario mínimo por hora.

Actualmente, el mercado laboral ecuatoriano está altamente precarizado. Según la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), más de 5 millones de personas sobreviven con trabajos informales y con sueldos bajos, en la mayoría de casos, menores al Salario Básico Unificado de $425 mensuales.

En este contexto, se debe promover el debate sobre formas intermedias y más flexibles de contratación, según Roberto Bucheli, economista y emprendedor.

“Los más beneficiados por mecanismos como la contratación por horas son las microempresas y los jóvenes. Ecuador tiene una estructura empresarial muy frágil y poco productiva, sobre todo en los negocios más pequeños. Debemos discutir condiciones mínimas de contratación y dejar libertad, lo que no quiere decir permitir abusos”, dijo.

El 13 de septiembre de 2022, el ministro de Economía, Pablo Arosemena, reavivó el debate sobre la contratación por horas, e incluso aseguró que se lo debería incluir como pregunta dentro de la consulta popular.

Según el funcionario, esa modalidad de relación laboral se utiliza en las economías más avanzadas del mundo; y permite a los emprendedores redimensionar sus empresas antes de llegar a soluciones extremas como cierres. (JS)

Lo que se busca es la precarización ’

José Villavicencio, dirigente del Frente Unitario de Trabajadores (FUT), explicó que los sindicatos y otros movimientos sociales condenan y rechazan tajantemente la contratación por horas porque lo que se busca es la precarización y explotación laboral.

“El ministro Donoso dice que en Europa funcionan y que podría resolver el tema del empleo en el país. Pero la pregunta es: El Gobierno va a pagar igual la hora trabajada como en Europa, es decir, $10, $15, $18 la hora. Aquí no quieren pagar ni $3 la hora” dijo.

En segundo lugar, Villavicencio recalcó que la contratación por horas abre la puerta para que no se respete ningún beneficio social ni la estabilidad laboral. Puso como ejemplo a guardias en petroleras o en otro tipo de empresas privadas, que luego de más de 30 años de servicio, no se pudieron jubilar porque estaban tercerizados hasta que se prohibió el contrato por horas en la Constitución de 2008.

De acuerdo con el sindicalista, en la legislación actual existen más de 42 modalidades de contratación, por lo que hay las suficientes herramientas y flexibilidad. Entre esas modalidades resaltó la relacionada al trabajo parcial permanente, que significa cuatro horas diarias y 20 horas a la semana.

“El Gobierno nos dice que no puede generar empleo porque el Código laboral es muy rígido e impide la contratación. Eso es puro justificativo y es falso”, puntualizó.

Finalmente, Villavicencio aseguró que es absurda la pretensión del Gobierno del presidente Guillermo Lasso de hacer una ley o reformas para los desempleados. “Tuvimos la oportunidad de reunirnos con la Organización Internacional del Trabajo la semana anterior y les decíamos que nos digan qué país tiene una ley para los desempleados y obviamente ellos decían que ningún país. Solo aquí en el Ecuador y al Gobierno del presidente Lasso se le ocurre hablar de una ley para los desempleados, o sea, es absurdo”, concluyó.

‘Se debe establecer una regulación mínima’

Santiago García, presidente del Colegio de Economista de Pichincha y docente universitario, afirmó que, en una situación en la que predomina el trabajo informal y precario, se deben buscar soluciones intermedias, sobre todo para los jóvenes que necesitan un primer empleo y acumular experiencia.

“La contratación por horas se debe discutir sin extremismos y se debe establecer una regulación mínima y controles. Es un régimen extraordinario y rápido de relación laboral habrá que poner un piso de remuneración para evitar abusos. Pero por miedo a los abusos no se puede tomar la posición de cerrar la posibilidad”, dijo.

Según García, el contrato por horas debe aplicarse a los empleos nuevos, con el fin de evitar estrategias empresariales en las que solo se busque reducir costos y no asumir responsabilidades.

Asimismo, se tendría que establecer un salario mínimo por hora, es decir, un piso y a partir de ahí dejar abierta la negociación entre empleado y empleador. “Tampoco se puede evidentemente poner el salario que está en Estados Unidos, sino poner este piso basado en el Salario Básico Unificado más todos los beneficios de ley. En el Colegio de Economistas lo calculamos en $3,41 por hora”, aseveró.

García puntualizó que la contratación por hora no es equiparable al contrato para jornada parcial, u otras modalidades ocasionales que existen en la ley. Entre otras cosas porque en algunos casos tienen recargos de hasta el 35% y no da la flexibilidad, por ejemplo, para contratar un contador durante 2 o 5 horas en una semana, o un arquitecto para supervisar ciertos aspectos de un proyecto, entre otros casos.

“Esta es una modalidad súper flexible que se adapta bien al sistema de producción de hoy, con proyectos cortos. Además, puede ayudar a un ingreso rápido de la gente joven al mercado de trabajo, al primer empleo. Solo esto ya vale la pena”, añadió.

De la mano de la contratación por horas se deben revisar y reformar los incentivos y normativas obsoletas sobre el empleo joven; también se deben depurar las decenas de modalidades de contratación que existen, y dejar solo las más efectivas, entre otros cambios que le pueden dar dinamismo al mercado laboral ecuatoriano. (JS)

Cómo se puede calcular el salario mínimo por hora

USD dólares    
     
Salario Básico Unificado (SBU) 425  
SBU más beneficios de ley 600,6  
Horas: 22 días laborables al mes x 8 horas diarias de trabajo 176  
COSTO HORA (22*8) 3,41  
     
Elaborado por el Colegio de Economista de Pichincha