Consejos para blindarse ante abusos en los controles de tránsito

Agentes metropolitanos de tránsito realizan controles en las vías de Quito a vísperas de la Navidad.
Agentes metropolitanos de tránsito implementan nueva administración.

En temporada navideña se intensifican los controles en las vías del país. Siga las leyes de tránsito para evitar contratiempos y denuncie a los malos elementos de las instituciones encargadas del tránsito en el país. Recuerda que hay medidas locales que están suspendidas para que no los sorprendan.

1.- Los agentes metropolitanos son los únicos que hacen controles en las ciudades que asumieron esa competencia. Los policías permanecen en los ejes nacionales y los agentes de la Comisión de Tránsito del Ecuador en las vías de Guayas (excepto Guayaquil) El Oro, Los Ríos, Santo Domingo, Santa Elena y Esmeraldas.

2-. Ante la duda sobre la legalidad de un control, los conductores pueden pedir la “orden de trabajo” y  la identificación de los funcionarios que participan en él. El abogado especialista en tránsito, Danny Gaibor, señaló que ese documento, necesario para un operativo, es emitido por las instituciones que controlan la circulación en el país.

3.- Gaibor comenta que en caso de detectar irregularidades no confronte con las personas que simulan el control y en su lugar llame al 911 para denunciar el caso. En esa línea podrá obtener más información sobre la presencia de uniformados en la zona.

4.- Usted no puede ser multado si tiene una licencia caducada desde el 1 de enero del 2020. Así consta en una resolución de la Agencia Nacional de Tránsito. Tenga en cuenta que debe llevar el documento físico (así esté caducado); la denuncia de robo, si es que corresponde; y el turno impreso para la renovación del documento.

5.- Desde el momento en que un agente o policía ordena la detención de un vehículo, el conductor o los ocupantes pueden grabar. Así lo establece el Art. 471 del Código Orgánico Integral Penal (Coip). No se requiere una autorización judicial para prender la cámara del teléfono. Lo registrado servirá para futuros reclamos.

6.- Los agentes de tránsito o policías que pidan dinero a cambio de “no retener el vehículo” o “no emitir la multa” cometen concusión. Ese delito está sancionado con una pena de hasta siete años de cárcel. En el Coip se establece que las pruebas que se obtengan como videos deben ser llevadas ante un agente fiscal.

7.- Es obligatorio llevar un botiquín, que debe tener: alcohol antiséptico, agua oxigenada, gasa, algodón, vendas, esparadrapo poroso, analgésicos, tijeras y guantes de látex. En caso de no tenerlo, la sanción es de $40. Eso está normado en el art. 170 del Reglamento a la Ley de Tránsito. Recuerde que no le pueden retener el carro por esto.

8.- Es obligatorio tener un extintor de incendios con capacidad mínima de 10 kilogramos de polvo químico seco, una caja de herramientas con linterna, juego de desarmadores, alicates, juego de llaves, cables de corriente, cinta aislante y dos triángulos de seguridad (reflectivos). La multa por no cargarlos en el carro es de $40.

9.- Tenga cuidado porque sí le pueden retener el vehículo si no tiene matrícula. En el Reglamento a la Ley de Tránsito se indica que ningún vehículo podrá circular sin poseer la matrícula vigente. En caso de tener una matrícula caducada, los agentes procederán a la aprehensión del automotor hasta que su propietario presente la cancelación de los valores pendientes.

10.- El art Art. 383 del Coip sí sanciona al conductor que circule con llantas en mal estado. Esto quiere decir que los neumáticos no pueden estar lisos o en mal estado. Cuidado porque existe una pena privativa de libertad de cinco a quince días y disminución de cinco puntos en la licencia de conducir.