Procurador Jurídico de la Asamblea dice que la comisión multipartidista para evaluar a Llori es inviable ahora

Funciones. Santiago Salazar es el procurador jurídico de la Asamblea Nacional.
Funciones. Santiago Salazar es el procurador jurídico de la Asamblea Nacional.

Guadalupe Llori ha utilizado tres herramientas jurídicas para evitar una posible destitución. Detrás de esas acciones ha estado el Procurador Jurídico de la Institución.

Este martes 26 de abril de 2022, la Asamblea Nacional tendrá una nueva sesión del Pleno a las 16:00. Las luces están puestas en si la oposición podrá conformar la comisión multipartidista para evaluar a Guadalupe Llori. Algo que para Santiago Salazar, procurador jurídico de la Asamblea Nacional, es inviable porque sería ilegal. LA HORA dialogó con el funcionario, quien guía los movimientos legales de la Presidenta de la Asamblea, y detalla la estrategia de Guadalupe Llori.

P: En la nueva sesión del Pleno, ¿habría la posibilidad de analizar el informe de calificación del CAL que hizo el asambleísta Esteban Torres (PSC) contra Llori?

No, bajó ningún concepto desde el punto de vista jurídico. Yo no entro en el punto de vista político, pero básicamente desde lo legal, no se podría hablar de la conformación de la comisión multipartidista, porque las medidas cautelares están presentes y son claras en decir que el Pleno se debe abstener, conocer, tratar y conformar la comisión multipartidista.

P: Y ¿cuánto durará esto?

Mientras no se levanten las medidas cautelares dispuestas por el Tribunal de Garantías Penales de Iñaquito, por ningún concepto pueden hacerlo, porque si lo hicieran estarían violentando una decisión de autoridad legítima y en ese momento habrá una responsabilidad de orden penal, hay que considerar que ya no existe la famosa inmunidad parlamentaria. De lo que conozco han existido pedidos de levantamiento de la medida de asambleístas como Fausto Jarrín y de Ricardo Vanegas. Pero esto no es tan simple, como pedir que se levanten y levantar, existe todo un procedimiento.

P: ¿Cuál sería el procedimiento?

La solicitud debería dirigirse al Defensor del Pueblo, quien es el supervisor nato de estas medidas cautelares. Él debe emitir un informe basado en lo que digan las partes, en este caso la presidenta Guadalupe Llori y lo que diga la oposición. Esos informes ya se están tratando. En el caso de la Presidenta ya ha presentado sus informes de descargo en el sentido de que no se han cumplido las medidas cautelares.

P: ¿Quién tendría que presentar informes de cargo?

Los 126 asambleístas.

P: Por otro lado, ¿Cómo va la acción de protección?

La acción de protección es un tema delicado que tiene otro matiz. (Hay que tomar en cuenta) el hecho de que el CAL calificó de manera ilegal la denuncia interpuesta por Esteban Torres. La sesión del CAL que trató la demanda fue ilegal y de nulidad absoluta por tres elementos: el señor firma como Luis Esteban Torres Torres, cuando es Torres Cobo. El segundo error fue que no llenó los formularios que el mismo CAL impuso dos meses atrás.  El tercer error tiene relación con el conflicto de intereses. El informe del Procurador dice: cuando hay conflictos de intereses se debe abstener. Si hay tres denuncias y dos de ellas involucran a los siete miembros ¿pueden ser jueces parciales, pregunto yo?

P: ¿La denuncia penal que interpuso Llori contra cuántas personas está dirigida?

Son tres personas acusadas de usurpación de funciones y de la violación a las medidas cautelares. Se debió respetar el debido proceso y la seguridad jurídica de la presidenta LLori y con todo lo que hemos relatado no se ha respetado.

Recorrido. El procurador jurídico ha asesorado a tres Presidentes de la Asamblea Nacional
Recorrido. El procurador jurídico ha asesorado a tres Presidentes de la Asamblea Nacional

P: ¿Ya se ha pronunciado la jueza sobre la acción de protección?

Lo extraño es la acción de la jueza. El martes 19 de abril aparece la providencia de la acción de protección en la opinión pública, pero a mí no me notificaron. Cuando investigué qué estaba sucediendo, me entero que la jueza, a través de su secretaria,  ha sentado razón de que no hemos puesto casillero electrónico. De todo me pueden culpar, hasta de que me demando yo mismo, pero no de que puedo haber dejado de poner casilleros electrónicos para notificaciones. Si no hubiésemos actuado a tiempo, podrían haber archivado la acción de protección. Cuando hacemos la gestión, resulta que a mis abogados les dijeron que no sabían nada, que fue una confusión y, acto seguido, me notifican a mi casillero electrónico ¿Estarán queriendo meter la mano en la justicia? ¿Quién estaría interesado en hacer eso?  Todavía no se ha pronunciado la jueza.

P: ¿La jueza que analiza la acción de protección pidió que se aclare si Llori lo solicitó como Presidenta o como asambleísta y si usted lo hace como abogado su representante legal o como abogado de la Asamblea?

Debo entender las dudas que debe tener la jueza, tomemos en cuenta que es un juzgado de la niñez que está actuando como juzgado constitucional, el Derecho Parlamentario no es fácil, eso solo se aprende aquí.  Sobre la pregunta de la jueza: es obvio que la violación de derechos fue como Presidenta. La Ley Orgánica de la Función Legislativa cambió. La nueva Ley tiene dos numerales. Una cláusula me da la delegación especial de la Presidenta, a nombre de la Presidenta, para actuar por la Presidenta, solo que la jueza tenía la duda de si es solo para audiencias y ya se le aclaró que también es  para demandas.

P: ¿No hay exageración en inmiscuir la Justicia en problemas de índole político?

El acto político no puede estar por sobre la Constitución y la Ley. Lo que pasa es que en estos momentos se quiere violentar la Ley. Quieren autoconvocarse cuando hay medidas cautelares vigentes. Yo digo que contraten buenos asesores jurídicos, porque esto puede tener responsabilidad penal.

P: ¿Qué hay detrás de esto?

No me atrevería a opinar del tema político por mi condición jurídica, pero lo que puedo decir es que veo una planificación de dos grandes sectores políticos dentro de la Asamblea que tienen una una meta definida y quizá eso no se compagine con la posición de la Presidenta, que debe ser un punto de equilibrio entre las dos fuerzas que hay en el país. A veces ese punto de equilibrio no le conviene a uno o no les conviene a otros. ¿Acaso la presidenta viene a ser una piedra en el zapato para ellos?

P: ¿Su labor es defender a la Presidenta a través de las leyes?

Yo estoy algún tiempo aquí. Recordemos que en el tiempo de la expresidenta de la Asamblea Elizabeth Cabezas pasó casi lo mismo y mi actuación fue bastante similar entonces. No son personas, mi posición como Coordinador Jurídico es que se cumpla la Ley.

P:Es decir que si LLori se va y llega otra persona, ¿usted actuará igual?

Yo he estado en tres presidencias, soy un funcionario de libre remoción, cualquier momento me pueden sacar si ya no requieren mis servicios. Yo me he manejado con un concepto: la legalidad. Yo no había visto antes al señor Litardo, tampoco a Guadalupe Llori, los conocí cuando llegaron a la Presidencia. Eso podría mostrar que yo trabajo con objetividad. Hay que considerar que hay situaciones de orden jurídico que no se pueden saltar. (GLV)