Comisión de la Asamblea aprobó informe para derogar reforma tributaria de Lasso

Esa reforma, que tiene menos de un año de vigencia, creó contribuciones temporales sobre el patrimonio y cambió la tabla del pago del impuesto a la renta.

Este 20 de julio de 2022, con seis votos a favor y dos en contra, la Comisión de Desarrollo Económico aprobó el informe para primer debate del proyecto de ley que recomienda la derogatoria de la reforma tributaria aprobada en  noviembre de 2021.

La ley, que fue llamada de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19, creó contribuciones especiales sobre el patrimonio, modificó la tabla del pago del impuesto a la renta, entre otros aspectos

La Comisión legislativa unificó dos propuestas de derogatoria que presentaron la legisladora Viviana Veloz (UNES) y tres legisladores de Pachakutik: Patricia Sánchez, Salvador Quishpe y Ángel Maita.

El informe aprobado debe pasar a conocimiento de la presidencia de la Asamblea para su incorporación a debate en el pleno.

Los seis votos a favor del informe corresponden a Daniel Noboa (independiente), Cristian Yucailla (Pachakutik), John Vinueza (independiente), Elina Narváez (PSC), Diana Pesantes (BAN) y Carlos Zambrano (UNES). En contra votaron Nathalie Arias y Adriana Billao (CREO). Ausente: Wilma Andrade (ID).

La derogatoria de la ley fue planteada, según la legisladora Veloz, porque ocasiona perjuicios económicos para la clase media y popular.

Sin embargo, José Gabriel Castillo, ex viceministro de Economía, recordó en varias ocasiones que la reforma tributaria aplica literalmente al 3,4% de la población.

“El problema, que no queremos reconocer muchas veces, es la profunda inequidad que tiene nuestro país en términos de ingresos. Y esa profunda inequidad no se corrige si no atacamos las distorsiones vigentes. Pensar que ese 3,4% es la clase media es una desproporción brutal”, aseveró.

El artículo único del informe señala: “Deróguese la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19, aprobada mediante decreto-ley y publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial N.º 587, de 29 de noviembre de 2021, dejando sin efecto todas las disposiciones contenidas en dicho cuerpo legal”.

Y como disposición final se establece que la ley derogatoria entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial.