Colón Pico, su hermana y tres personas más fueron sentenciados ¿cuál fue el delito?

Fabricio Colón Pico suma otra sentencia, pero ahora lo hace junto a su hermana Ana María Pico y tres personas más. Conozca cuál es el delito y los años de cárcel por cumplir.

El año empieza mal para la familia Pico. Y es que Fabricio Colón Pico suma su tercera sentencia, pero no lo hace solo, sino con su hermana Ana María P y tres personas más: Eddye Santiago S., William Mauricio A. y Carlos Fernando Z.

Tras la valoración de las pruebas expuestas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales Especializado en Corrupción y Crimen Organizado que conoció la causa sentenció a una pena de nueve años y cuatro meses a estos miembros del Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) “Los Lobos” ‒facción ‘Mafia Colón Pico’‒ por tráfico ilícito de armas de fuego.

El fallo también incluye el pago de una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados.

 

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Durante la audiencia de juzgamiento, el Fiscal de la Unidad Nacional Especializada de Investigación contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Unidot) presentó las pruebas recabadas en la investigación, tales como el testimonio de los agentes aprehensores, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, la pericia balística practicada a las armas de fuego, entre otras.

Operativo

Los sentenciados fueron aprehendidos durante un allanamiento ejecutado por Fiscalía ‒en coordinación con la Policía Nacional‒ en un inmueble de Puerto Quito en la madrugada del 22 de abril de 2024. En agosto de 2024, el Juez Especializado en Corrupción y Crimen Organizado que conoció la causa dictó auto de llamamiento a juicio contra los cinco integrantes del GDO “Los Lobos” implicados en esta causa.

 

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La Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 362, inciso primero del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas, sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años a la fecha de los hechos.

Además, se aplicó la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 5 del mismo cuerpo legal por la participación de dos o más personas en el delito.