COE Nacional dicta últimas medidas antes del cambio de Gobierno

El COE Nacional no extendió el estado de excepción en Ecuador. Los municipios no pueden hacerlo.

El COE Nacional emitió medidas para evitar la propagación de la Covid-19, tras la culminación del estado de excepción y antes del cambio de Gobierno. 

El 20 de mayo de 2021 se ratificó que los eventos masivos continúan prohibidos en todo el país, para evitar la propagación de la Covid-19. Esto, ya que el estado de excepción pierde vigencia desde el 21 de mayo de 2021.

Entre las últimas resoluciones, se mantienen los lineamientos para ingresar al país: Presentar de manera obligatoria una prueba RT-PCR o prueba de antígeno negativa, realizadas hasta tres días antes del arribo al Ecuador, o el carné de vacunación contra la Covid-19.

También se mantendrán suspendidas las clases de manera presencial (aplica para universidades).

Las máximas autoridades de cada institución, por otra parte, decidirán el retorno a las actividades laborales de manera presencial, pero se deberá privilegiar el teletrabajo, en los casos que sean posibles.

Las fronteras terrestres continúan cerradas. Únicamente se mantiene abierto el Centro Binacional de Atención en la frontera de Rumichaca, con Colombia, y el de Huaquillas, con Perú. En estos lugares solo se permite actividades de comercio exterior e ingreso de ciudadanos nacionales y extranjeros residentes, conforme ciertos requisitos.

Ninguna Intendencia a nivel nacional otorgará permisos para eventos masivos.

Bares, discotecas, centros de diversión y centros de tolerancia están a órdenes de los municipios, para su reapertura.

La circulación vehicular se realizará sin restricción en la red vial estatal (al trasladarse de provincia a provincia).

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Juan Zapata, presidente del COE Nacional, detalló que la competencia de emitir ordenanzas para evitar la propagación de la Covid-19 recae en los municipios, quienes deben regular:

• El buen uso del espacio público.

• Aglomeraciones, así como el comercio autónomo no regularizado.

• Playas.

• Transporte público.

• Control del consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos.

• El consumo de bebidas alcohólicas en lugares autorizados, en coordinación con lo dispuesto por el Acuerdo Ministerial 0001, emitido por el Ministerio de Turismo y Ministerio de Gobierno.  (AVV)

Los municipios no pueden decretar estado de excepción ni toque de queda.

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