COE Nacional detalla más medidas de restricción en ocho provincias del Ecuador

PANDEMIA. Autoridades del COE Nacional en sesión del 2 de abril de 2021. Foto. Cortesía.
PANDEMIA. Autoridades del COE Nacional en sesión del 2 de abril de 2021. (Foto: Cortesía)

No solo aplica el toque de queda. Las restricciones de movilidad están vigentes del 2 al 9 de abril, en ocho provincias. El plazo podría extenderse si aumentan los contagios por Covid-19.

Toque de queda, restricción vehicular, las reuniones están prohibidas igual que las clases y los eventos masivos. Estas son algunas de las medidas de restricción que aplicarán durante la semana del 2 al 9 de abril, por disposición del COE Nacional, en ocho provincias del Ecuador.

Este viernes 2 de abril de 2021, el COE Nacional dispuso más restricciones de movilidad, un día después que Presidencia decretara el estado de excepción por un plazo de 30 días.

Medidas

La primera medida anunciada fue el toque de queda, que inició a las 20:00 del 2 de abril y se extiende hasta las 05:00 del día siguiente. Este horario aplicará hasta el viernes 9 de abril en Azuay, Guayas, Pichincha, El Oro, Esmeraldas, Loja, Manabí, Santo Domingo. El plazo podría extenderse en caso de aumentar los contagios por Covid-19.

La segunda medida fue prohibir las reuniones sociales y familiares de los miembros que no pertenezcan al mismo círculo familiar.

También se prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a jueves a partir de las 18:00; y, viernes, sábado y domingo, se prohíbe la venta y consumo durante todo el día.

Al sector público se pide restringir al máximo la jornada laboral presencial, priorizando el teletrabajo.

El acceso a las playas y balnearios está prohibido al turismo y también se suspende la atención de gimnasios, canchas deportivas, cines, teatros y parques, mientras dure el estado de excepción.

Tampoco está permitido que funcionen bares, discotecas, centros de tolerancia y afines.

Los eventos masivos están prohibidos, esto incluye las actividades religiosas propias de la Semana Santa, para evitar aglomeraciones. Los restaurantes y centros comerciales pueden abrir sus puertas siempre que mantengan un aforo al 50%.

Se podrán realizar velorios con un aforo del 30% y en estricto apego a protocolos de bioseguridad.

Hasta el 9 de abril se suspenden las clases presenciales en las provincias donde rige el estado de excepción.

Los parques del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que no tienen playas en las provincias con estado de excepción, pueden recibir visitantes garantizando el distanciamiento social de acuerdo a los protocolos vigentes emitidos por el Ministerio de Ambiente y Agua.

Restricción vehicular

En cuanto a medidas para la circulación vehicular, el COE Nacional dio potestad a cada gobierno local de decidir si aplicarlas o no. Sin embargo, en caso de optar por la restricción vehicular, debe sujetarse a un cronograma establecido.

Así, los lunes, miércoles y viernes, podrán circular únicamente los vehículos con las placas terminadas en número impar. Los martes, jueves y sábados, solo pueden circular vehículos con las placas terminadas en número par. Este domingo 4 de abril solo pueden circular placas con número impar. Esto en lo que respecta a vehículos particulares.

La resolución del COE Nacional indica que la Red Vial Estatal se mantiene de acuerdo a lo dispuesto en la resolución del 28 de marzo de 2021:

  • Viernes 2 de abril, solo podrán circular los vehículos con placa impar todo el día.
  • Sábado 3 de abril, solo podrán circular los vehículos con placa par todo el día.
  • Domingo 4 de abril, podrán circular los vehículos con placa impar todo el día.
  • A partir del lunes 5 de abril la circulación en la red vial estatal no tendrá restricción vehicular.

Cabe indicar que el transporte público y comercial, podrá circular fuera del horario de toque de queda. Los viajes que tengan horarios extendidos, pueden circular sin restricción de horario hasta llegar a su lugar de destino.