El proyecto de Ley reformatorio, que se debatirá desde las 10h00 de este 8 de junio, está compuesto por 6 artículos, 2 disposiciones transitorias y 3 disposiciones reformatorias. La sesión será virtual.
Luego de un año, 9 meses y 4 días, las reformas del proyecto de Ley al Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, sobre las regulaciones al refinanciamiento y facilidades de pago en becas, crédito educativo y ayudas económicas, serán debatidas en el pleno de la Asamblea Nacional.
La convocatoria está planteada para el 8 de junio de 2021. El texto fue aprobado el 4 de septiembre de 2019 por la Comisión de Educación, presidida en ese entonces por Jimmy Candell Soto, asambleísta por la provincia de Santa Elena.
En esta reforma se incluye, en la Sección II, la creación de un régimen especial para generar las condiciones de facilidades de pago para la recuperación de la cartera vencida, cobro de sanciones económicas impuestas a los becarios debido al incumplimiento contractual y a otras obligaciones pendientes de pago.
Candell menciona que este régimen especial permitirá que los becarios puedan acceder a un convenio de pago más “elástico”, para cancelar la deuda vigente y acceder a un puesto de trabajo.
“No podemos admitir que se desperdicie un recurso humano preparado (…) No se cumplió la oferta de encontrar un puesto de trabajo a su regreso al país”, comentó.
Una ley para becas del estado
Los pagos son hacia instituciones públicas que administran becas, instituciones públicas de educación superior y entidades del sector financiero público. Será de aplicación obligatoria para sus servidores y funcionarios. Además, incluirá a personas naturales y/o jurídicas que mantengan obligaciones con dichas instituciones o entidades.
Requisitos que deben cumplir los becarios para refinanciar su deuda
1.- El título debe estar registrado ante la Secretaría Nacional de Educación Superior (Senescyt). Esto acreditará que el programa de estudios culminó y que los recursos fueron utilizados para los fines solicitados.
2.- Indicación clara y precisa de las obligaciones respecto a las cuales se solicita facilidades de pago.
3.- Oferta del pago inicial inmediato y la forma en que se pagará el saldo de acuerdo a la tabla propuesta por la Asamblea.
- El órgano rector emitirá un informe financiero que considera la situación socio-económica del becario; si se encuentra desempleado; si pertenece a un grupo de atención prioritaria; y, si tiene bajo su cuidado hijos, cónyuges o padres con discapacidad grave o enfermedad catastrófica.
- Aprobado el proceso, el becario deberá, en un plazo máximo de 10 días, realizar el desembolso del abono inicial. El saldo pendiente se abonará mensualmente conforme el acuerdo al que hayan llegado las partes.
Una problemática antigua
Los becarios no solo han experimentado problemas a su regreso al país. Durante su estancia en el extranjero han tenido inconvenientes al momento de recibir los desembolsos de dinero, demora en la liquidación de las becas y cobros indebidos.
Karla Rodríguez, presidenta de la Asociación de Becarios del Ecuador (Abrec), en declaraciones a un portal digital, comentó que más de 1.200 becarios han tenido algún problema con la Senescyt.
Abrec realizó una encuesta a 245 becarios, de ese total, el 43% dijo que uno de los principales problemas era que no recibía el desembolso del dinero a tiempo; el 28% presentó retrasos en la recepción del dinero de 6 a 11 meses; el 25% no recibió el dinero de 3 a 5 meses; y, el 4% no recibió pagos por más de 1 año.
Este diario solicitó información a la Senescyt sobre la situación actual de los becarios, pero el proceso de respuesta toma al menos 48 horas.
Propuesta de tabla para facilidades de pago
MONTO ADEUDADO | CONDICIONES DE PAGO | ||
DE USD | HASTA USD | % DEL ABONO INICIAL | TIEMPO DE CONVENIO |
0 | 2.000 | 20% | HASTA 12 MESES |
2.001 | 5.000 | 15% | HASTA 18 MESES |
5.001 | 10.000 | 10% | HASTA 24 MESES |
10.001 | 20.000 | 5% | HASTA 36 MESES |
20.001 | 25.000 | 5% | HASTA 48 MESES |
25.001 | 30.000 | 5% | HASTA 60 MESES |
30.001 | 35.000 | 5% | HASTA 72 MESES |
35.001 | 40.000 | 5% | HASTA 84 MESES |
40.001 | 45.000 | 5% | HASTA 96 MESES |
45.001 | 50.000 | 5% | HASTA 108 MESES |
50.001 | EN ADELANTE | 5% | HASTA 120 MESES |
La Senescyt deberá elaborar el reglamento de la Ley en un plazo de 90 días