9.200 becarios podrán restructurar sus deudas

La Asamblea votará la próxima semana la aprobación del proyecto
La Asamblea tiene previsto votar la próxima semana la aprobación del proyecto.

El total del monto a reestructurarse es de 64 millones de dólares. Quedarán insubsistentes las acciones de coactiva que se hayan iniciado.

Para destrabar los problemas administrativos y regular el refinanciamiento y facilidades de pago en la ejecución de las becas, créditos educativos y ayudas económicas, el pleno de la Asamblea Nacional se apresta a aprobar las reformas al Código de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación o Código de Ingenios.

La propuesta beneficiará a cerca de 9.200 jóvenes que adeudan un aproximado de 64 millones de dólares. Para el efecto, se ha estructurado una tabla de refinanciamiento que va desde los 12 meses hasta los 120 meses dependiendo del monto de la deuda, para lo cual deberá cancelar un porcentaje de la misma que va del 5% al 20%.

La tabla determina:

Monto adeudado           % de abono inicial               Tiempo de convenio

0 a 2.000 dólares                 20%                                 Hasta 12 meses

2.001 a 5.000                       15%                                 Hasta 18 meses

5.001 a 10.000                      10%                                Hasta 24 meses

10.001 a 20.000                     5%                                 Hasta 36 meses

20.001 a 25.000                     5%                                 Hasta  48 meses

25.001 a 30.000                      5%                                Hasta 60 meses

30.001 a 35.000                      5%                                Hasta 72 meses

35.001 a 40.000                      5%                                Hasta 84 meses

40.001 a 45.000                      5%                                 Hasta 96 meses

45.001 a 50.000                      5%                                 Hasta 108 mese

50.001 en adelante                  5%                                Hasta  120 mese

«Para la liquidación de becas y ayudas económicas, tanto en aquellas que se otorgaron antes de la fecha de promulgación de esta ley como en las que se otorgue a partir de ella, se requerirá únicamente el título para el cual se otorgó la beca debidamente registrado ante la Secretaria Nacional de  Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), o el documento que demuestre el cumplimiento del objeto de la beca o ayuda económica, en los casos en que la naturaleza del programa de fortalecimiento del talento humano no sea conducente a la obtención de un título válido para el registro en la SENESCYT, como corresponda en cada caso”, señala la disposición.

Las personas beneficiarias y becarias que a la fecha de publicación de la presente ley mantenga suscrito un convenio de pago respecto a becas, ayudas económicas o créditos educativos podrá por una sola vez solicitar la suscripción de un nuevo convenio de pago, en los términos y condiciones establecidos en la presente ley.

Además, determina que los deudores de créditos educativos, becas y ayudas económicas que se encuentran en procesos coactivos, por parte de la institución pública encargada de la administración de becas, seguimiento y asesoría académica, instituciones de educación superior públicas o entidades del sector financiero público y que se encuentren pendientes de resolución, podrán acogerse al régimen especial de facilidades de pago establecidos en la ley,” y las medidas cautelares que hayan sido dictadas dentro de los mismos, quedarán sin efecto”.

El tema al interior de la Asamblea está listo para votación, misma que se cumpliría la próxima semana, una vez que se cerró el segundo debate. (RR)

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