Admitido juicio político contra vocales del Consejo de Participación

Los integrantes del Consejo de Administración Legislativa sesionaron este 17 de febrero.
Los integrantes del Consejo de Administración Legislativa sesionaron este 17 de febrero.

El CAL también calificó a trámite el enjuiciamiento de la expresidenta y los vocales del Consejo de la Judicatura.

El Consejo de Administración Legislativa (CAL), con el voto de los seis integrantes presentes, calificó a trámite tres solicitudes de juicio político por presunto incumplimiento de funciones en contra de los integrantes del Consejo Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y de la expresidenta y los miembros del Consejo de la Judicatura.

En primer término, el CAL calificó la solicitud de enjuiciamiento en contra de los 7 consejeros del CPCCS, presentada por los asambleístas Ricardo Vanegas y José Chimbo; el pedido se fundamenta en la designación de César Córdova como Defensor del Pueblo encargado; la destitución del vocal del Consejo de la Judicatura, Fausto Murillo; y, por el nombramiento de Pablo Iglesias Paladines como Superintendente de Ordenamiento Territorial.

Así mismo, el organismo admitió a trámite la solicitud de juicio político de los proponentes Ángel Maita Zapata y Mireya Pazmiño Arregui en contra de Hernán Ulloa, María Fernanda Rivadeneira, Ibeth Estupiñán y Francisco Bravo, miembros del Consejo de Participación, por haber modificado el reglamento para elegir al nuevo Contralor General del Estado aprobado por el organismo en agosto pasado.

Finalmente, el CAL calificó la solicitud de juicio político presentada por Viviana Veloz y Fausto Jarrín Terán, contra María del Carmen Maldonado (expresidenta) y Fausto Murillo Fierro, Ruth Barreno Velín y Juan José Morillo Velasco, vocales del Consejo de la Judicatura.

La Secretaria General de la Asamblea Nacional remitirá en un plazo máximo de tres días, la solicitud de enjuiciamiento político junto con la documentación de sustento al Presidente de la Comisión de Fiscalización y Control Político para que avoque conocimiento y sustancie el trámite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.  (DLH)

TE PUEDE INTERESAR:

Reglamento del aborto por violación fue aprobado en la Asamblea

Universidades y empleados públicos retornan a la presencialidad

Apenas 22 técnicos controlan las labores mineras en el país