Ya se puede actualizar la proyección de gastos personales para el pago de impuesto a la renta

HECHO. La proyección de gastos personales sirve para reducir el pago del impuesto a la renta personal.

Durante todo este mes de septiembre de 2024 se podrá presentar el nuevo formulario de gastos personales. En ese formulario se pueden registrar cambios en las remuneraciones mensuales, número de cargas familiares o en los montos de gasto. 

Durante septiembre de 2024, los contribuyentes podrán presentar a su empleador el nuevo formulario de gastos personales, en caso de haber registrado modificaciones en sus remuneraciones mensuales, número de cargas familiares o en sus diferentes gastos.

Esto con el objetivo de reliquidar las futuras retenciones de impuesto a la renta del año en curso, según lo establece la Resolución NAC-DGERCGC23-00000020 (Cuarto Suplemento del Registro Oficial 344, 03-VII-2023).

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El formulario actualizado de gastos personales debe contener:

• La remuneración mensual unificada multiplicada por el tiempo del período 2024 permanecido en la institución. No se debe descontar el valor del aporte al IESS. Se debe revisar esta información en los roles de pagos.

• Monto proyectado durante el ejercicio fiscal 2024 por cada uno de los rubro de gastos personales: vestimenta, educación (arte y cultura), alimentación, salud (en cualquiera de estos se puede incluir los gastos de mascotas), vivienda y turismo nacional. Deberá excluirse el impuesto al valor agregado (IVA) e Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).

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• Cargas familiares: padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad, siempre que no perciban ingresos gravados que superen un salario básico unificado del período fiscal en el que se registra la proyección.

En ningún caso, dos o más contribuyentes podrán considerar a una misma persona como carga familiar dentro del mismo período fiscal.

En caso de que el contribuyente o una de sus cargas familiares tenga discapacidad (carné o cédula), enfermedad catastrófica, rara o huérfana (certificado del MSP o IESS), se debe colocar SÍ en el casillero 113; de lo contrario, colocar NO.

El formulario se puede descargar de la página web institucional www.sri.gob.ec, la sección Información sobre impuestos / Cómo declaro mis impuestos/ Formularios e instructivos.

En el caso de vivir en la provincia de Galápagos , se debe escoger la opción “Formulario SRI – GP (Provincia de Galápagos)” en el resto del país “Formulario SRI – GP”.  También se puede descargar aquí en este enlace. (JS)

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