14 organizaciones políticas en la cuerda floja

Partidos y movimientos políticos, que no presentaron informes financieros y tampoco alcanzaron 5% de votos en dos elecciones consecutivas, están la cuerda floja.

Las organizaciones políticas que reciben dinero del Estado están obligados a rendir cuentas respecto al uso que sus integrantes les dan a esos fondos. No obstante, al cierre de 2019 apenas ocho de 23 partidos y movimientos políticos cumplieron con esta disposición legal, conforme un análisis realizado por Observatorio al Financiamiento de la Política.

En el Código de la Democracia se estipula un plazo de 90 días para presentar los informes, por lo que las organizaciones tienen tiempo para entregar los correspondientes a 2020. Conforme al artículo 359 del Código, las organizaciones políticas están obligadas a publicar en su página web todos los ingresos que perciban. No obstante, solo ocho organizaciones cuentan con un portal web y el informe financiero correspondiente; mientras que otras ni siquiera tienen un portal web activo.

Claudia Vega, coordinadora del Observatorio, explica que el Consejo Nacional Electoral (CNE), puede suspender -hasta por 12 meses- a las organizaciones que no emitan el informe económico financiero, en las condiciones que establece el Reglamento. Si en ese plazo la organización no se pone al día, el CNE podría suspenderlo definitivamente.

Fondos públicos para organizaciones políticas

El Fondo Partidario Permanente (FPP), es una asignación de recursos públicos que las organizaciones políticas usan exclusivamente para actividades de formación, publicaciones, capacitación, investigación y funcionamiento institucional. Este es diferente al Fondo de Promoción Electoral que se asigna específicamente para la campaña electoral.

Conforme a la resolución tomada en enero por el CNE, los movimientos Pachakutik, CREO, Alianza PAIS y los partidos Social Cristiano, Izquierda Democrática, Socialista Ecuatoriano y SUMA, sí podrán acceder al fondo, pues cumplieron con todos los requisitos.

En contraste, Sociedad Patriótica, Fuerza Ec, Unidad Popular, Avanza; y los movimientos Centro Democrático, Ecuatoriano Unido, F. Compromiso Social, Justicia Social, Amigo, Unión Ecuatoriana, Democracia Sí, Construye, Podemos y Concertación, conforme al artículo 110 inciso dos de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 355 del Código de la Democracia, no obtuvieron -al menos- el 4% de votos a escala nacional en los últimos dos procesos electorales, por lo que no podrán acceder al Fondo Partidario Permanente que entrega el Consejo Nacional. (LGP

Cuatro razones para la suspensión del FPP

  • Incumplimiento del requisito de presentar la documentación contable correspondiente al último ejercicio.
  • Tener obligaciones pendientes con el Estado.
  • Sanción por depositar fondos en cuentas distintas de las previstas en la Ley.
  • Partido político en mora por más de dos años con el SRI.
Los partidos y movimientos políticos del Ecuador recibieron $29,8 millones entre 2015 y 2019, del Fondo Partidario Permanente.
$4.9 millones asignó el Fondo Partidario Permanente 2020.