Superintendencia de Bancos ordena devolución inmediata de intereses cobrados bajo resolución derogada

Esta tarde, a través de la circular Nro. SB-DS-2019-0003-C, la Superintendencia de Bancos ordenó que se realice el recálculo inmediato de los intereses cobrados a los clientes de tarjetas de crédito, y se efectúe, a más tardar, dentro del próximo estado de cuenta, la devolución de los dineros cobrados en exceso bajo la resolución 471 derogada, el miércoles pasado, por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.

En la nueva resolución aprobada, y vigente desde el 7 de febrero de 2019, el cobro de intereses de las tarjetas de crédito ya no corre desde el día del consumo, sino desde la fecha máxima de pago. Por lo que la circular de la Superintendencia de Bancos estipula que los bancos deben realizar el recálculo de los intereses causados por los consumos realizados en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 6 de febrero de 2019.

“Los rubros que excedieren como resultado de la implementación de la metodología de cálculo de intereses, tras la derogatoria de la resolución 471, serán acreditados mediante nota de crédito, en la proporción que corresponda a cada tarjetahabiente, lo que deberá verse reflejado en el siguiente estado de cuenta”, consta en la circular.

Adicionalmente, la entidad de control exige a los bancos que, hasta el 15 de febrero de 2019, remita el detalle de los reversos que se efectuaron por cada tarjetahabiente. (JS)