
Que resulta “obvio y probado” que el expresidente, Rafael Correa, era el líder absoluto de una supuesta estructura delictiva que habría estado operando desde las altas esferas del Estado de su Gobierno, entre 2012 y 2016, fue lo que manifestó la fiscal general, Diana Salazar, durante los alegatos finales que presentó ayer en el décimo tercer día de audiencia del caso ‘Sobornos’.
“El señor Rafael Correa Delgado estructuró todo este aparataje para que se pudiera ejecutar la recepción de sobornos”, sentenció.
Acusación
Por ello, la funcionaria calificó su acusación del exmandatario con el grado de autoría mediata, pues indicó que dentro de la organización tuvo autoridad y poder absoluto para dar órdenes sobre el resto del mando jerárquico.
Según Salazar, a lo largo del proceso se logró destruir la presunción de inocencia de los acusados. Por eso, pidió al Tribunal que se dicte sentencia condenatoria como autor mediato por dominio de organización, en contra de Correa, a quien además señaló como beneficiario directo de los sobornos.
Como autores directos, la Fiscalía acusó al exvicepresidente, Jorge Glas; al exsecretario Jurídico, Alexis Mera; a los exministros, Walter Solís, María Duarte y Vinicio Alvarado. Asimismo, lo hizo para la exasesora de Presidencia, Pamela Martínez; su asistente, Laura Terán; el exasambleísta, Christian Viteri y la legisladora Viviana Bonilla. Salazar aseguró que ellos gestionaron la recepción de dineros ilícitos a cambio de beneficiar a empresarios en procesos de contratación pública para obras con el Estado.
En la misma categoría de acusación incluyó a Víctor Fontana, Rafael Córdova, Bolívar Sánchez, Édgar Salas, Ramiro Galarza, Alberto Hidalgo, Teodoro Calle, Pedro Verduga, Mateo Choi y William Phillips, todo ellos representantes de las compañías involucradas en el proceso.
Penas y agravantes
Según la Fiscal, en este caso se debe considerar el agravante contenido en el artículo 30 en el numeral cuarto del Código Penal, es decir, “ejecutar el hecho punible en pandilla”, que también se recoge en el artículo 47 numeral 5 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “Cometer la infracción con la participación de dos o más personas”.
EL DATO
La Fiscalía levantó la acusación que mantenía en contra de Yamill Massuh en el grado de cómplice.Salazar pidió a los jueces que se aplique la máxima pena del caso aumentada en un tercio por dicha agravante, o sea, ocho años.
En cuanto a Martínez y Terán, pidió que se considere una pena reducida en el 90% e instó a que, en audiencia reservada, se verifique el cumplimiento de los acuerdos de cooperación eficaz que ambas suscribieron con el Ministerio Público.
Para el empresario Verduga, representante de Equitesa, también se pidió una pena de dos años, pues, a criterio de Salazar, su testimonio contribuyó a sustentar la teoría del caso, por un atenuante trascendental.
Reparación integral
Sobre la reparación, Salazar dijo que es la restitución del triple de lo que hubieran recibido los involucrados, pero agregó que la afectación no solo constituye el valor de los supuestos sobornos, que ascienden al 7’575.196 dólares, sino también en monto total de los contratos otorgados por funcionarios a contratistas que suma 1.130’420.108 dólares, valor que, a su criterio, debería ser el monto que se fije para la reparación integral.
Íñigo Salvador, procurador general del Estado, que figura como acusador particular en el proceso, explicó que al organismo le corresponde demostrar el monto del daño causado para exigir una reparación, que son alrededor de 23 millones de dólares.
Esta cifra, indicó, se fijó basada en un informe pericial que recoge los archivos verdes y los cotejó con reportes de facturas emitidas por los contratistas, que suman a casi 7 millones de dólares. (FLC)
Modalidades
Pagos por sobornos
° Efectivo: 1’004.500 dólares
° Cruce de facturas: 6’570.696,09 dólares