Pensión alimenticia puede variar por diversos factores

Luego de que el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) publicara los nuevos montos a pagar por pensiones alimenticias, existen detalles que son necesarios precisar.

Si bien la base para calcular los rubros, es el salario básico unificado ($400). También se toma en cuenta el número de hijos, su edad y discapacidades que, dependiendo del grado (moderada, grave y muy grave), hace que la pensión alimenticia varíe.

Para esto, el MIES ha publicado una tabla compuesta por seis niveles, que determinan el porcentaje que deberá pagar el alimentante (ver imagen).

«Mediante la tabla, juezas y jueces de la familia, niñez y adolescencia establecen el monto mínimo de referencia de la pensión de alimentos que puede solicitar la o el demandante de este derecho para sus hijos e hijas», señala la página web del MIES.

En el caso de las mujeres embarazadas, el artículo 148 del Código de la Niñez, señala que tienen derecho, desde la concepción, a una pensión que cubra la atención de las necesidades de la madre gestante. (AVV)

Tabla
Pensiones alimenticias mínimas 2020

Ingresos del demandado entre 1 y 1,25 DBU
0-2 años 3 años en adelante

Alimentados Del Ingreso
1 28,3% 39,50%
2 39,73% 43,15%

Ingresos del demandado entre 1,25 Y 3 SBU
0-2 años 3 años en adelante
Alimentados Del Ingreso
1 34,85% 36,97%
2 o más 47,47% 49,53%

Ingresos del demandado entre 3 y 4 SBU
0-2 años 3 años en adelante
Alimentados Del Ingreso
1 39,81% 40,85%
2 o más 54,44% 56,78%

Ingresos del demandado entre 4 y 6,5 SBU
0-2 años 3 años en adelante
Alimentados Del Ingreso
1 39,81% 42,23%
2 o más 45,19% 48,61%

Ingresos del demandado entre 6,5 y 9 SBU
0-2 años 3 años en adelante
Alimentados Del Ingreso
1 41,16% 43,66%
2 o más 56,92% 59,42%

Ingresos del demandado entre 9 SBU en adelante
0-2 años 3 años en adelante
Alimentados Del Ingreso
1 42,55% 45,14%
2 o más 57,27% 59,86%