¿Militares juzgados por militares?

La posibilidad de aprobar en el Congreso Nacional la ley Orgica de la Corte de Justicia Militar no despierta simpats en los principales actores de la justicia.

Para la Fiscal Mariana Yez, si se crea la Corte de Justicia Militar, tambi deber crearse la Corte de Justicia Policial, Civil. En tal caso, ese tipo de proyectos en poco ayuda a la unidad jurisdiccional.

La Corte Suprema de Justicia elaborun proyecto de nueva ley Orgica de la Funci Judicial. Dentro de la ley Orgica se contempla a la administraci de justicia militar. «No se spodr coordinarse los dos proyectos para que no exista una contradicci», expres

Enfatizque seg la norma Constitucional, los ganos de la Funci Judicial son la CSJ, las Cortes, Tribunales y Juzgados, el Consejo Nacional de la Judicatura.
Desde esa tica, el que exista una ley solo para regular la vida de una parte de la administraci de justicia, cuando todo estar dentro de la ley Orgica de la Funci Judicial, me parece «antitnico», coment

El hecho de crear una Sala para tratar temas militares, a los que tendr que incluirse los policiales, seguramente dar lugar al crecimiento del aparato judicial.
En la instancia administrativa, la Corte de Justicia Militar no estar supeditado a los ganos regulares de la administraci judicial, sino que estar dentro de la organizaci militar. Incluso la designaci de los ministros jueces se nombrarn de ternas enviadas por el ministro de Defensa Nacional. En tal caso, se romper el principio de independencia y control jerquico interno dentro de la Funci Judicial, agregbr>
Yez considerque, por principio, al unir la administraci de justicia militar dentro de la unidad jurisdiccional carece de sentido que los jueces, secretarios, magistrados tengan que ser militares.

Y en cuanto al Fiscal, el proyecto establece que deber designarse fiscales militares, lo que contrar el Art. 212 y 217 de la Constituci, que determina que el Ministerio Plico es uno, indivisible, «por lo que no pueden haber m ministerios plicos fuera del ico Ministerio Plico», sentenci

Por tanto, tampoco puede haber un ministerio Plico Militar.

«Creo que los fiscales deben pertenecer al Ministerio Plico, tal como hoy son los de econom, de trsito», consider

En resumen, dijo, se advierte que el proyecto de Justicia Penal Militar quiere crear un organismo paralelo y totalmente inconstitucional. Se estolvidando la declaraci de que el ministerio Plico es uno en todo el mundo. Si se designase como autoridad fiscal a un oficial en servicio pasivo, se resta independencia al momento de investigar, y con mayor raz si la terna deriva del Ministerio de Defensa.

No es lo indicado

De la Corte de Justicia Militar, el general Fernando Martez considerque est de acuerdo con el principio de la unidad jurisdiccional, tal como determina la Constituci. Pero hay que aclarar algunas inquietudes.

Primero, son misiones diferentes las que cumplen las FF.AA y la Polic Nacional.
Si bien es cierto que ambas forman la Fuerza Plica, las misiones son diferentes. Eso amerita y es la raz de por quse propuso la integraci de la Corte de Justicia Militar, relacionada solo con lo militar, no con lo policial.

«Me atrever a anticipar que eso conlleva a un tratamiento de justicia diferente de unos y otros casos. Por su trabajo, los polics est sujetos a cometer delitos e infracciones diferentes a las de los militares», dijo.

En cuanto a la conformaci de la Corte Nacional de Justicia Militar, el oficial admitique se propone que estarn integrados por tres ministros jueces, que ser oficiales generales del servicio pasivo, cada uno representa a las distintas fuerzas.

«Defendemos la conformaci de esta manera, porque si se trata de juzgar a militares, entonces es necesario que quienes les juzguen conozcan no solamente los cigos, textos de las leyes militares, sino tambi que est compenetrados con el vivir de FF.AA en cada una de las especialidades. Y la mejor forma de lograr que la justicia sea pronta e imparcial, creemos que la mejor manera de juzgar al militar es por militares», sel

No es a titulo personal, pero el planteamiento es pensando en la naturaleza institucional de FF.AA. Pensar que abogados civiles juzguen a militares, a delitos cometidos en instituciones y actos de su trabajo, creemos que no es lo m indicado, sentenci (NCH)