La Zona Intangible en el Yasuní se amplía en 60.450 hectareas, según decreto ejecutivo

REALIDAD. El Yasuní es reconocido como una de las zonas más biodiversas del mundo.
REALIDAD. El Yasuní es reconocido como una de las zonas más biodiversas del mundo.

Redacción QUITO

Mediante el decreto ejecutivo 751, Lenin Moreno, presidente de la república establece la ampliación de 758.051 a 818.501, 42 hectareas la Zona Intangible Tagaeri Taromenane , que se ubican en «las parroquias de Cononaco y Nuevo Rocafuterte, cantón Aguarico; Inés Arango, cantón Orellana, provincia de Orellana; y parroquia Curaray, cantón Arajuno, provincia de Pastaza».

Esta ampliación se realiza en cumplimiento del resulatado de la consulta popular del 4 de febrero de 2018 se efectuó la consulta popular, donde la votación mayoritaria se maniafestó a favor de la pregunta 7 referente a incrementar en al menos 50.000 hectáreas y reducir el área de explotación petrolera autorizada por la Asamblea Nacional en el parque Nacional yasuní
de 1.030 hectáreas a 300 hectáreas.

El Dato
En el plazo de 90 días, se expedirán las regulaciones para las actividades permitidas en la zona intangible y de amortiguamiento. Las actividades de turismo moderado serán reglamentadas, en un plazo improrrogable de 90 días, por los ministerios del Ambiente y de Turismo.Según la disposición transitoria del decreto ejecutivo, en el plazo improrogable de 180 días, el Ministerio de Ambiente, el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, la Secretaría de Derechos humanos, con el apoyo de la Secretaría Nacional de Gestión de la Política, realizarán la delimitación física de la nueva Zona Intangible, la que incluye la demarcación con hitos; así como la elaboración y difusión de la cartografía oficial.

Plataformas petroleras permitidas en zona de amortiguamiento

Así mismo, en la normativa expedida la noche de ayer, «se establece una zona de amortiguamiento de diez kilómetros de ancho contiguo a toda la zona intangible redelimitada en el presente decreto».

Esta zona de amortiguamiento es un área adicional a la zona intangible, en donde se prohíbe la realización de actividades extractivas.

«se prohíbe realizar en la zona de amortiguamiento nuevas obras de infraestructura tales como carreteras, centrales hidroeléctricas, centro de facilidades petroleras; y, otras otras
que los estandares técnicos y de impacto anbiental juzguen incompatibles con el objeto de la zona intangible.

Sin embargo, se exceptúa de la prohibición expresada a las plataformas de perforación y producción de hidrocarburos

El Dato
En el plazo de 30 días, los ministerios de Energía y Recursos Naturales No Renovables y del Ambiente emitirán los instrumentos y definiciones necesarias para la implementación del decreto.El Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables, secretaría de Derechos Humanos y la secretaría Nacional de Gestiótt de la Políttca, o las autoridades competentes, en el plazo de 180 días, deberán definir las políticas y procedimientos adecuados para «evitar o mininizar la influencia que, las actividades de las operadoras petroleras legalmente autorizadas a operar en la zona de amortiguamiento, puedan ejercer sobre la vida de los pueblos ocultos que habitan en la zona intangible».

Además se dispone que las operaciones petroleras autorizadas deberán utilizar técnicas de bajo impacto para la exploración y explotación de hidrocarburos en la zona de Amortiguamiento (técnicas de perforación direccionada o en racimo, tendido de tubería subterránea); mismas que, tendrán que ser autorizadas por el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables.

Verificación de bloques petroleros 31 y 43

El decreto también dispóne al Ministerio del Ambiente verificar las áreas intervenidas en los bloques 31 y 43 por Petroamazonas a partir de la Declaratoria de Interés Nacional. «La autoridad Ambiental, tomando en cuenta las áreas ya intervenidas en el Parque Nacional Yasuní, emitirá licencias en un área máxima de intervención de 300 hectáreas».
La Asamblea Nacional resolvió, el 3 de octubre 2013, declarar de interés nacional la explotación de los bloques 31 y 43, en una exrensión no mayor al uno por mil de la superficie actual del Parque Nacional Yasuní.

Según un informe técnico del Ministerio del Ambiente, en junio de 2018, se determinó que al momento existe una intervención de 47,2 hectáreas dentro del parque Nacional Yasuní. (JS)