Habilitados los pagos de multas por no sufragar

Atención. En la Delegación Provincial Electoral se están tomando todas las medidas para precautelar la salud de los funcionarios y usuarios.
Atención. En la Delegación Provincial Electoral se están tomando todas las medidas para precautelar la salud de los funcionarios y usuarios.

Juan Castillo, comerciante, necesita renovar sus documentos, pero no puede obtener la papeleta de votación sin antes pagar la multa por no haber ejercido su derecho al voto en las elecciones de marzo de 2019.

En la Delegación Provincial de Tungurahua le explicaron que las sanciones y las multas respectivas se establecen de acuerdo a lo señalado en el artículo 292 del Código de la Democracia.

En el articulado se menciona que la penalidad por no sufragar es del 10% de una remuneración mensual unificada (40 dólares) más el valor de la especie que son 8 dólares.

Además, se estipula que la multa para quienes no integraron las Juntas Receptoras del Voto es del 15% del salario básico más la especie, es decir 68 dólares.

Quedan exentos del pago las personas que comprueben con un certificado médico motivos de salud o impedimento físico, calamidad doméstica; ausencia del país el día de las elecciones. Así también quienes tengan voto facultativo (policías, militares, adolescentes menores de 18 años, extranjeros) y quienes no pueden votar por mandato legal.

Para estos ciudadanos los certificados de exención u exoneración no tendrán ningún costo. Sin embargo, quienes extravíen en documento deberán pagar únicamente la especie de 8 dólares. (NVP)