Defensoría del Pueblo alista apelación por paridad de género

ACTIVIDAD. En Ventanas se dio la audiencia por paridad de género la semana pasada.
ACTIVIDAD. En Ventanas se dio la audiencia por paridad de género la semana pasada.

En varios cantones de Los Ríos la entidad ha interpuesto acciones de protección para solicitar que se respete la participación de la mujer.

Redacción VENTANAS

Basada en la reforma al artículo 317 del Código Organico Organización Territorial Autonomía Descentralización (Cootad), la Defensoría del Pueblo continúa en su tarea por hacer cumplir el principio de paridad de género.

La ley establece que los consejos regionales, concejos metropolitanos y municipales procederán a elegir de entre sus miembros a la segunda autoridad del ejecutivo del correspondiente gobierno, de acuerdo con el principio de paridad entre mujeres y hombres.

En algunos cantones de la provincia de Los Ríos, ya se ha dado las audiencias por las acciones de protección interpuestas por la Defensoría del Pueblo algunas han dado un fallo favorable para la entidad; mientras que, en otras no.

Reacciones

En el caso de Quevedo, el fallo judicial del mes de octubre de 2019, dejó sin efecto la elección del concejal Jimmy Aguirre como vicealcalde, por lo que el Concejo tuvo que realizar una nueva elección, siendo electa la concejal Karina Miranda como vicealcaldesa.

Sin embargo, un panorama diferente se vivió días anteriores en el cantón Ventanas, donde en la audiencia que se realizó debido a la acción de protección interpuesta por la Defensoría, el juez no dio lugar a la demanda, pues no consideraba que haya habido vulneración de derecho, pese a que tanto el Alcalde como el Vicealcalde son hombres.

Existen 221 municipios en el país de los cuales, al menos un 50% incumplen con la paridad de género en las vicealcaldías.“La verdad es que su criterio jurídico, como Defensora del Pueblo, no lo compartimos porque el articulo 317 fue reformado. En el Concejo de Ventanas, esta toma de poder puede ser compartida con las dos concejalas Sonia Velarde y Zulma Vera por lo que debió nombrarse como segundo poder a una mujer”, manifestó la delegada provincial de la Defensoría del Pueblo, Yenny Domínguez quien apelará el dictamen.

La funcionaria aseguró que en este caso, son ellas (las concejales), las representantes de la mujer ventanenses quienes en un proceso electoral confiaron en ellas, pero lamentablemente no se hizo respetar en la sesión de Concejo Municipl donde se elegió al nuevo vicealcalde, Alonso Chica. “Nosotros como Defensoría del Pueblo decimos que fue una sesión de manera ilegal e inconstitucional porque hay dos mujeres que fueron electas como concejalas y es importante que se considere y se comparta este poder porque son representantes, ya que lo que han hecho es minimizar a la mujer ventanense al no considerar a las concejalas”, agregó Domínguez. (LRU)

“Mis derechos si han sido vulnerados”

La concejala, Sonia Velarde, quien fue vicealcaldesa solo por un año del cantón Ventanas, manifestó que hay un poco de decepción en cuanto al fallo judicial, porque ha visto como ha sido el accionar y las correcciones que han hecho en otros cantones donde sí han hecho respetar la paridad de género. Felicitó el trabajo que realiza la Defensoría y dejó claro que siente que se vulneraron su derechos. “Creo que para el que conoce la ley, la vulneración está, porque hay otra concejal, por lo que está a la vista la vulneración que ha existido”, dijo.

¿Qué estipula la ley?

En el artículo 317 del Cootad, entre otras, cosas indica que los consejos regionales, concejos metropolitanos y municipales procederán a elegir de entre sus miembros a la segunda autoridad del ejecutivo del correspondiente gobierno, de acuerdo con el principio de paridad entre mujeres y hombres en donde fuere posible.

Acción de protección

Defensoria del Pueblo

Municipios Resultado

Quevedo Aceptada en primera instancia y ratificada en apelación

Montalvo Aceptada en primera instancia y revocada en apelación

Vinces Aceptada en primera instancia y se espera sentencia en apelación.

Palenque Aceptada en primera instancia y revocada en apelación

Babahoyo No aceptada en primera instancia, se espera sentencia en apelación

Buena Fe No aceptada en primera instancia y ratificada en apelación

Valencia Aceptada en primera instancia, no hubo apelación

Urdaneta No aceptada en primera instancia y se espera sentencia en apelación.

Baba Aceptada en primera instancia, no hubo apelación.

Ventanas No aceptada en primera instancia y se espera sentencia en apelación.